Madrid |
Cada año, los contribuyentes tienen que ajustar las cuentas con Hacienda en función a sus retribuciones del año anterior. Los trabajadores tuvieron hasta el pasado 30 de junio para presentar sus declaraciones a la Agencia Tributaria.
Aunque lo habitual es que salga a devolver, es decir, que sea Hacienda la que tenga que pagar a los ciudadanos por haberles retenido más durante el ejercicio anterior, en algunas ocasiones son los contribuyentes los que deben abonar el dinero.
Desde el Ministerio de Hacienda y Función Pública se ofrece a los contribuyentes que salgan a pagar, la opción de fraccionar el pago resultante del IRPF en dos plazos:
Dependiendo de que se haya domiciliado el pago del segundo plazo o no, varía la fecha límite y la forma de hacer el pago:
En el caso de que no se quiera domiciliar, el segundo pago se deberá realizar mediante:
El tiempo límite sería hasta el próximo lunes 6 de noviembre de 2023.
Por otro lado, si se ha domiciliado el pago, será el mismo día, 6 de noviembre, cuando la entidad realice el cobro del importe. Se remitirá al contribuyente el correspondiente justificante de pago.