Madrid | 19.03.2020 10:47
Pueden apuntarse hasta el 3 de mayo las personas a las que el coronavirus haya arrastrado al paro o cuando el préstamo y los gastos superen el 35% de los ingresos.
Para los pequeños empresarios, las condiciones pasan por tener un desplome de ventas de hasta el 40%.
Los deudores deben acreditar con documentos su situación. El banco no podrá exigirles la cuota del préstamo ni las amortizaciones o intereses durante un mes.
Algunas entidades estudian alargar la moratoria, pero sólo para el principal de la deuda. La banca no tendrá que hacer previsiones ni asumir la pérdida.
Interpretan que se congela esa deuda cuyo vencimiento sólo se aplaza.
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