Vida laboral

Los cambios en la jubilación que entrarán en vigor en abril 2025: novedades de la Seguridad Social

A partir del 1 de abril los modelos de jubilación parcial, jubilación activa y jubilación moderada tendrán nuevas condiciones que buscan facilitar sus la convivencia de la jubilación con el empleo.

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ondacero.es

Madrid |

Hombre de avanzada edad trabajando
Hombre de avanzada edad trabajando | Freepik

A partir del mes de abril entrarán en vigor tres nuevos cambios en el sistema de jubilación español. Estos enmarcan dentro de un proceso de flexibilización del modelo llevado a cabo por el Gobierno que pretende facilitar la compatibilidad de los últimos años de empleo con los primeros de jubilación. En particular, afectarán a la jubilación parcial, la jubilación activa y la jubilación demorada.

Jubilación parcial

En el caso de la jubilación parcial se incluyen cambios tanto a los trabajadores que cuentan con contratos de relevo como a los que no. En primer lugar, el acceso a la jubilación parcial con contrato de relevo podrá realizarse hasta tres años antes de la edad ordinaria de jubilación. Aquellos trabajadores que adelanten su retiro en más de dos años podrán reducir su jornada laboral entre un 20% y un 33% durante el primer año. Además, los empleados con contrato fijo discontinuo podrán asumir el rol de trabajadores relevistas en esta modalidad de jubilación. La contratación del relevista deberá ser indefinida y a tiempo completo, con la obligación de mantenerse al menos dos años después de la extinción de la jubilación parcial del empleado sustituido.

Como novedad, los expertos de BBVA destacan que los trabajadores que alcancen la edad ordinaria de jubilación podrán acogerse a la jubilación parcial con una reducción de jornada de entre el 25% y el 75% (frente al límite anterior del 50%), sin necesidad de formalizar un contrato de relevo.

Jubilación activa

Entre las medidas más destacadas en el terreno de la jubilación activa se encuentra la eliminación del requisito de contar con una carrera de cotización completa para acceder a esta modalidad. Además, será compatible con los incentivos de la jubilación demorada, lo que permitirá a los trabajadores seguir beneficiándose de ambas opciones. Otro cambio relevante es que, tras cinco años en situación de jubilación activa, será posible compatibilizar el 100% de la pensión con una actividad laboral. Este porcentaje de compatibilidad aumentará progresivamente desde el primer año.

Jubilación moderada

Respecto a la jubilación de moderada, las nuevas reformas permiten optar a incentivos económicos, habiendo cotizado solamente seis meses a partir del segundo año de demora, hasta ahora el mínimo de cotización había sido de un año.