EN NO SON HORAS

Un abogado avisa en Onda Cero del error que puede costarles miles de euros a las comunidades de vecinos

El abogado Raúl Gómez ha contado en No son horas que las comunidades de vecinos disponen de un tiempo limitado para reclamar las cuotas a los vecinos morosos, según una sentencia del Tribunal Supremo.

Nerea Pardillo

Madrid |

El abogado Raúl Gómez ha avisado en Onda Cero de que las comunidades de vecinos pueden perder miles de euros si no reclaman a los vecinos morosos las deudas en un plazo de cinco años desde que comenzaron a dejar de pagar. Esto llega tras una sentencia del Tribunal Supremo por una disputa en una comunidad de vecinos en la Comunidad de Madrid.

Tal y como ha explicado Gómez, el Supremo ha cambiado los plazos de prescripción que se introdujeron hace unos años en el derecho civil y que avalan que los morosos no tengan que pagar algunas cuotas pendientes de la comunidad cuando hayan pasado más de cinco años sin que esta se lo haya reclamado formalmente.

Por ejemplo, si un vecino lleva sin pagar 6.000 o 7.000 euros es posible que al final la comunidad solo pueda ingresar 1.500 euros por haber dejado pasar el tiempo. Es concretamente lo que ha pasado en este edificio de vecinos de Madrid. Una comunidad pedía una deuda de 6.497 euros correspondientes a los años entre 2007 y 2014.

Afecta a pagos periódicos que se paguen por años o en plazos breves

Cuando el Supremo resolvió el caso indicó que la comunidad solo podía exigir las cuotas más antiguas. Esto se por la "prescripción", que sirve para "evitar que las reclamaciones se eternicen y para dar seguridad al tráfico jurídico". El Derecho entiende que "no se puede vivir permanentemente bajo la amenaza de que alguien venga 20 años después a reclamar una deuda olvidada", ha explicado Gómez.

En estos casos, el Supremo aplica el artículo 1966 del Código Civil que establece un período de cinco años para reclamar "pagos periódicos que deban hacerse por años o en plazos má breves". Ahí encajan "perfectamente" las cuotas de una comunidad porque son "pagos mensuales, trimestrales o anuales", ha especificado.

Cada cuota prescribe de manera individual

Hay que destacarque cada recibo cuenta de manera individual, es decir, si un vecino deja de pagar a partir de enero de 2019 y llega 2024, esa cuota prescribirá en enero de 2024 y así sucesivamente con las demás. Por lo tanto, las comunidades tienen que llegar un "riguroso control de la morosidad".

Además, según el abogado, no hace falta presentar una demanda judicial para interrumpir la prescripción, sino que solo sirve con "una reclamación formal y fehaciente, es decir, algo que permita acreditar que la comunidad reclamó la deuda dentro del plazo", por ejemplo un burofax, un requerimiento notarial... "Lo importante es que se pueda demostrar y exista una trazabilidad", ha añadido.