Madrid | 24.11.2023 10:09
El sorteo extraordinario de navidad, que se celebra anualmente el 22 de diciembre, es un evento cargado de ilusión y esperanza. Además, es especialmente significativo para quienes perciben ayudas como el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Se trata de una prestación que otorga el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para ayudar a personas solas o familias que no tienen suficientes ingresos para satisfacer sus necesidades fundamentales, con el objetivo de protegerlas contra la pobreza y la exclusión social.
Para mantener el Ingreso Mínimo Vital es importante no exceder el máximo de ingresos y patrimonio que ha fijado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Por lo tanto, si te toca un premio grande como el Gordo de la Lotería de Navidad, podrías quedarte sin la ayuda del IMV de manera temporal.
Esto se debe a que, si ganas este premio, perderás el Ingreso Mínimo Vital solo por el mes en que recibas el dinero, ya que es un ingreso puntual y no recurrente. Esto significa que podrás solicitar nuevamente la ayuda en meses posteriores, siempre que tus ingresos totales no sobrepasen el límite mensual permitido. Sin embargo, si el premio hace que tus ingresos y patrimonio superen el máximo permitido por las regulaciones, tendrás que gestionar la suspensión de tu beneficio del IMV.
Si eres beneficiario del Ingreso Mínimo Vital y ganas el Gordo de la Lotería de Navidad, tienes la obligación de informar a la Seguridad Social sobre este premio en un plazo máximo de 30 días desde que el dinero se ingresa en tu cuenta bancaria. Al hacerlo, la Seguridad Social dejará de abonar la prestación del mes en que recibiste el premio.
Si no se realiza esta notificación dentro del tiempo establecido, surgen complicaciones, ya que la Tesorería General de la Seguridad Social puede imponer una sanción económica. El importe recibido por el IMV se considerará un pago indebido, y será necesario reembolsar la cantidad completa de la ayuda.
El beneficiario del Ingreso Mínimo Vital debe estar atento a no exceder dos umbrales críticos: el límite de ingresos mensuales permitidos y el nivel máximo de patrimonio económico que puede poseer.
Los ingresos máximos permitidos varían según el número de personas que forman parte del hogar. Para este año, el rango se sitúa entre los 469 euros y los 1.032 euros mensuales. Si se recibe una prestación inferior a estos montos, se puede percibir el Ingreso Mínimo Vital sin inconvenientes.
En cuanto a los límites de patrimonio, estos también dependen de la cantidad de miembros en el hogar y no deben exceder entre 16.917,60 euros y 43.985,76 euros anuales, según el tamaño de la unidad de convivencia.