Gorka Urtaran, presidente de EUDEL: “Los ayuntamientos vascos no podemos estar al albur de las decisiones de los tribunales. Debemos garantizar la suficiencia financiera de los municipios”
Los ayuntamientos de Euskadi dejarán de percibir 62 millones de euros con la anulación del Impuesto de Plusvalía y se hace necesario trabajar sobre un nuevo impuesto que les permita garantizar sus competencias
Como un jarro de agua fría ha caído sobre los ayuntamientos vascos la sentencia emitida ayer por el Tribunal Constitucional sobre la anulación del Impuesto de Plusvalía, un impuesto que sustenta una parte importante de la financiación municipal y que se aplica en caso de vender o heredar un inmueble que obliga a hacer una trasmisión de propiedad.
Los ayuntamientos vascos perderían en total en torno a 62 millones de euros.. El montante más elevado de Euskadi correspondería al Ayuntamiento de Vitoria que dejaría de ingresar en las arcas municipales en torno a 15 millones de euros en caso de que el impuesto de plusvalías se eliminara por completo. Le seguiría el Ayuntamiento de Bilbao con unas pérdidas de 7,8 millones de euros y, por último, Donosti con entre 4 y 6 millones menos de ingreso. Por tanto, los diferentes gobiernos locales se pueden encontrar con un posible hándicap con el que no contaban. No tanto para el inminente presupuesto que deben concretar, negociar y, en su caso, pactar, sino por su repercusión en los balances económicos de los próximos años.
El presidente de EUDEL y alcalde de Vitoria ,Gorka Urtaran ha pedido prudencia hasta conocer los detalles de la sentencia , su impacto en Euskadi , más teniendo en cuenta que el País Vasco en 2017 ya hizo una modificación de este impuesto en base a diferentes sentencias del Constitucional. Urtaran ha asegurado estar "muy preocupado", porque considera que los ayuntamientos se merecen "más garantías jurídicas a la hora de garantizar la suficiencia financiera de los municipios y de dotarnos de los recursos necesarios para cumplir con nuestras obligaciones de forma adecuada". Recuerda que los ayuntamientos tienen una serie de competencias, ofrecen servicios públicos a la ciudadanía y, para ello, tienen que dotarse de los recursos necesarios. "Y lo que no puede ser es que estemos al albur de este tipo de fallos que ahora descomponen todo el presupuesto municipal y que, además, nos ponen en una situación muy complicada". Urtaran considera " que los ayuntamientos merecen un mayor respeto institucional para garantizar la autonomía local y la suficiencia financiera".
Urtaran cree que “ahora hay que trabajar en un nuevo impuesto municipal que permita a los ayuntamientos garantizar los recursos económicos necesarios para garantizar las competencias de los ayuntamientos”.
Hasta que no se publique oficialmente y de forma completa la sentencia quedan muchas dudas por aclarar. La que más preocupa a los ciudadanos es si en base a esta sentencia pueden evitar desde hoy el pago de este impuesto en caso de vender o heredar un inmueble. En Onda Cero hemos consultado esta cuestión al notario Ángel Fernández Reyes quien recomienda que “aquellos ciudadanos que hayan recibido la notificación de su ayuntamiento de la liquidación de la plusvalía y que , aún estén en plazo de pago, presenten un recurso o un escrito en su consistorio pidiendo su anulación en base a la sentencia del Tribunal Constitucional de 26 de octubre de 2021”.
AVANCE DE LA SENTENCIA
El Tribunal constitucional anulaba este martes el impuesto de plusvalía municipal cobrado por los ayuntamientos en una sentencia ponencia del magistrado Ricardo Enríquez, quien considera que el cálculo del impuesto es inconstitucional al entender que el sistema de cómputo objetivo no se corresponde con la realidad, afectando al principio de capacidad económica recogido en el artículo 31 de la Constitución española. Este gravamen supone en la actualidad una fuente importante de financiación de los consistorios de todo el país. La decisión fue adoptada por nueve magistrados al haberse abstenido de formar parte de la deliberación del Pleno Juan Antonio Xiol y encontrarse de baja médica el magistrado Alfredo Montoya. Además, el fallo de la mayoría contará con los votos particulares de los magistrados del sector progresista María Luisa Balaguer y Cándido Conde-Pumpido y el voto concurrente del presidente Juan José González Rivas.
El Alto Tribunal responde así a una cuestión de inconstitucionalidad sobre los artículos 107.1, 107.2 a) y 107.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprobó el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
La sentencia considera que estos artículos son inconstitucionales y nulos porque establece un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento.