El Tribunal Supremo ratifica la condena de 5 meses de cárcel para el exedil que intentó atropellar a exalcalde de Tiétar
El alcalde logró esquivar el vehículo y evitar el atropello. Los hechos sucedieron en el año 2019.
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a cinco meses de prisión por un delito de lesiones, en este caso psíquicas, impuesta a un exedil socialista del Ayuntamiento de Tiétar (Cáceres) por intentar atropellar con su coche al entonces alcalde popular de esta localidad cuando caminaba por una calle del municipio en febrero de 2019.
La sentencia 96/2026, dictada el 6 de febrero por la Sala de lo Penal del TS desestima íntegramente el recurso de casación interpuesto por la defensa contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), que ya había confirmado la condena por lesiones y absuelto al acusado del delito de atentado a la autoridad (por el que fue condenado en primera instancia a seis años de cárcel).
Los hechos se remontan al 5 de febrero de 2019, cuando el acusado, en un “contexto de enfrentamiento político con el alcalde”, desvió el turismo que conducía e invadió el carril contrario en la calle Las Escuelas de Tiétar, dirigiéndose hacia el exregidor y el electricista municipal que lo acompañaba. El alcalde logró esquivar el vehículo y evitar el atropello.
Aunque no se produjeron lesiones físicas, la víctima “sufrió un cuadro de ansiedad, miedo, nerviosismo e insomnio que requirió tratamiento médico con ansiolíticos, seguimiento facultativo y atención psicológica”.
Estos padecimientos fueron considerados probados por la Audiencia Provincial de Cáceres y confirmados en apelación por el TSJEx.
El TS rechaza que se haya vulnerado el derecho a la presunción de inocencia, como alegaba la defensa, y recuerda que la valoración de la credibilidad de los testigos corresponde a los tribunales de instancia y “no puede ser revisada en casación salvo supuestos de irracionalidad o falta de motivación, que en este caso no aprecia”.