EDUCACIÓN

Luz verde en el Consejo de Gobierno a la ordenación y currículo de Infantil, Primaria, ESO y Bachillerato

En los decretos se incluye la modificación de varios artículos referidos al horario, tutoría y orientación del alumnado.

Redacción

Extremadura | 13.09.2023 04:05

Luz verde en el Consejo de Gobierno a la ordenación y currículo de Infantil, Primaria, ESO y Bachillerato | Junta de Extremadura

El Consejo de Gobierno ha aprobado cuatro decretos por los que se establecen la ordenación y currículo del Bachillerato, Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Educación Infantil y Educación Primaria, con la modificación de varios artículos referidos al horario, tutoría y orientación del alumnado.

En Educación Infantil, el decreto establece que en toda la etapa el horario escolar se organizará desde un enfoque globalizador e incluirá actividades que permitan respetar y alternar diferentes tipos y ritmos de actividad con periodos de descanso en función de las necesidades del alumnado.

En el primer ciclo, dentro del horario de permanencia en el centro, el periodo lectivo del alumnado será como mínimo de 20 horas semanales. En el segundo ciclo, el horario lectivo será de 25 horas por semana, incluidos los periodos de recreo, que tendrán una duración de 30 minutos al día.

En esta etapa escolar, la tutoría se concibe como el mecanismo dinamizador, integrador y coordinador de toda la acción educativa en un grupo concreto del alumnado, y vincula a todos los profesionales que intervienen en él.

Cada grupo-clase tendrá un tutor o tutora, cuya actuación deberá coordinarse con la de los demás profesionales que intervengan en el mismo grupo. La acción tutorial afecta y compromete, por tanto, a todo el equipo docente que interviene en el mismo grupo de niños y niñas y se desarrolla a lo largo de toda la etapa.

Además, el tutor, tutora o guardadores mantendrá una relación fluida con la familia a fin de asegurar la necesaria colaboración en el proceso de aprendizaje del alumnado.

En cuanto a la Educación Primaria y con carácter general, el horario semanal para el alumnado de cada uno de los cursos será de 25 periodos lectivos semanales, incluidos los periodos de recreo, que tendrán una duración de 30 minutos al día y carácter lectivo.

La acción tutorial y la orientación son, como partes de la función docente, esenciales para lograr el carácter personalizado de la educación, que se concreta en la individualización de la enseñanza-aprendizaje y en la educación integral.

A lo largo del tercer ciclo, desde la tutoría se coordinará la incorporación de elementos de orientación académica y profesional que incluyan, al menos, el progresivo descubrimiento de estudios y profesiones, así como la generación de intereses vocacionales libres de estereotipos sexistas.

Asimismo, se fomentará en la etapa el respeto mutuo y la cooperación entre iguales, con especial atención a la igualdad de género.

En la Educación Primaria, la acción tutorial acompañará el proceso educativo individual y colectivo del alumnado, afectando y comprometiendo no solo al tutor o a la tutora del alumnado, sino a todo el equipo docente.

En la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) el decreto aprobado establece que el calendario escolar de los centros educativos, que concretará anualmente la Consejería, fijará un mínimo de 175 días lectivos para las enseñanzas obligatorias.

Con carácter general, el horario escolar semanal para el alumnado de cada uno de los cursos de la ESO comprenderá 30 periodos lectivos, distribuidos de lunes a viernes, de 55 minutos efectivos de duración cada uno, incluido el periodo lectivo destinado a tutoría con el alumnado. Después de cada dos o tres períodos lectivos habrá un descanso total de 30 minutos, que podrá ser fraccionado en dos periodos.

Los centros docentes, en el ejercicio de su autonomía pedagógica y en función de las necesidades de su alumnado, podrán adaptar la distribución horaria para el desarrollo de algún proyecto o programa de experimentación o innovación educativa, en especial para proyectos plurilingües, previa autorización de la Consejería.

Otro de los decretos de modificación aprobados por el Consejo de Gobierno es el horario escolar semanal para el alumnado de primer curso de Bachillerato, que comprenderá 28 periodos lectivos, o 30 en el caso del alumnado que curse Religión, distribuidos de lunes a viernes, de 55 minutos efectivos de duración cada uno.

En el caso de segundo curso, el horario contará con 30 periodos lectivos; después de cada dos o tres períodos lectivos habrá un descanso total de 30 minutos, que podrá ser fraccionado en dos periodos.

En el Bachillerato, la orientación y la acción tutorial acompañarán el proceso educativo individual y colectivo del alumnado. Tanto la orientación educativa como la acción tutorial forman parte de la función docente, por lo que implican y comprometen a todo el profesorado, sin perjuicio de la orientación especializada que compete al orientador u orientadora del centro, así como al resto de profesionales que intervienen sobre cada alumnado.

Además, la acción tutorial en esta etapa orientará al alumnado y a sus familias, de modo especial en todo lo relativo al acceso a estudios superiores. Se dirigirá especialmente al asesoramiento sobre las salidas académicas y profesionales al finalizar la etapa.

Con el fin de fomentar la igualdad efectiva, se incorporará la perspectiva de género al ámbito de la orientación educativa y profesional.