VIOLENCIA DE GÉNERO

Condenado a 17 años y medio por agredir sexualmente a dos gemelas de 10 años

La Audiencia Provincial establece además una indemnización de 5.000 euros para cada menor. La Sala considera que las pruebas decisivas del procedimiento son las manifestaciones de las menores, cuyos testimonios resultan creíbles para el tribunal.

Onda Cero Castellón | Lucía Pozo Verdú

Castellón |

Audiencia Provincial de Castellón | Onda Cero

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a 17 años y medio de prisión a un hombre por dos delitos continuados de agresión sexual cometidos contra dos hermanas gemelas de 10 años, con las que convivió entre septiembre y noviembre de 2024 en Castellón.

El penado deberá indemnizar con 5.000 euros a cada una de las niñas por los daños morales que sufrieron a consecuencia de los hechos. Asimismo, no podrá acercarse a menos de 500 metros de ellas ni comunicarse por ningún medio durante un periodo superior a cuatro años al del cumplimiento de la pena privativa de libertad, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia.

La Sala le impone también una pena de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividad, sean remunerados o no, que implique contacto regular y directo con menores, por un tiempo superior a cinco años al de la pena de prisión. No obstante, la sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Acontecimiento de los hechos

Los hechos comenzaron en septiembre de 2024, cuando el ahora condenado y su mujer, que mantenían una amistad con la madre de las pequeñas, la acogieron en su domicilio junto a sus hijas, después de que esta discutiera con su madre, la abuela de las víctimas, con quien residían hasta ese momento.

La sentencia considera probado que, durante el periodo de convivencia, el condenado, con la intención de "satisfacer su ánimo libidinoso", aprovechaba los momentos en los que las gemelas se duchaban y no se encontraba su madre cerca para someterlas a tocamientos en sus partes íntimas y besarlas en la boca.

La situación se repitió en numerosas ocasiones y, pese a que las hermanas se negaban a que el hombre entrara en el cuarto de baño, el penado argumentaba que era su casa y que tenía que organizar y vigilar el uso de la ducha. El agresor llegó a retenerlas fuertemente y a taparles la boca si intentaban huir o alertar a su madre.

En ocasiones, cuando las circunstancias se lo permitían, el hombre las agredía en una de las camas de la vivienda. Para evitar que contaran nada, les decía que, si le decían algo a su madre, provocarían que le retiraran la custodia y la iban a separar de ellas.

La Audiencia Provincial considera que el testimonio de las dos menores fue determinante y da credibilidad a sus declaraciones. Los magistrados descartan que sus relatos sean fruto de una invención y consideran acreditados los hechos por los que ha sido condenado.

Además de la pena de prisión, el hombre queda inhabilitado para trabajar en profesiones o actividades que impliquen contacto habitual y directo con menores durante un periodo superior a cinco años al de la condena. La resolución no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.