Alzira regula la nueva tasa de residuos y rebaja el IBI urbano un 5%
Ambas cuestiones se abordarán esta tarde en un pleno extraordinario
La Ribera |
El Ayuntamiento de Alzira celebrará esta tarde un pleno extraordinario donde se plantearán modificaciones en dos tributos municipales y se modificará el contrato del servicio integral de limpieza urbana.
La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que ha traspuesto las directivas europeas sobre residuos, establece obligaciones para los municipios orientadas a cumplir los objetivos de preparación para la reutilización y reciclaje y de recogida separada de los residuos municipales, con el fin de reducir la cantidad de residuos generados por la ciudadanía y las empresas y mejorar su gestión de acuerdo con la jerarquía de residuos.
En cumplimiento de esta ley, se tratará en el Pleno la creación y regulación de la tasa por la recogida y transporte de residuos urbanos.
Es una tasa local obligatoria para todos el municipios españoles. La directiva europea de la cual deriva dice que tiene que ser una tasa específica, diferenciada y no deficitaria, que permita implantar sistemas de pago por generación y que refleje el coste real, directo o indirecto, de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos municipales. La finalidad es reducir la cantidad de residuos generando incentivos para la separación en origen de los residuos reciclables y para la reducción de los residuos mezclados; y establecer medidas que restringen las operaciones de depósito en vertederos e incineración.
Se aplicará a las personas físicas o jurídicas y las entidades que sean propietarias de viviendas, alojamientos y locales o establecimientos donde se ejerza cualquier actividad, ya sea industrial, comercial, profesional o artística, sin perjuicio que pueda repercutir las cuotas que soporto sobre el beneficiario del servicio. No están sujetos las viviendas y locales o establecimientos que no tengan agua o luz, solares, garajes o aparcamientos, y se excluyen los que sean objeto de una actividad económica.
La cuota tributaria está integrada por una parte fija más una parte variable. La parte fija está en función de los costes directos e indirectos del servicio, mientras que la parte variable depende del ingresos generados por el sistema.
En cuanto a las tarifas de la tasa, se establece una tasa diferenciada por usos y categorías. La tasa que se aplica a las viviendas en 2025 es de 96,32 euros, mientras que a cada local se aplica un coeficiente en función del uso y actividad, de las fracciones potencialmente generadas, cantidad generada, y la superficie o alojamiento en el caso de las actividades económicas.
Sobre la cuota tributaria, tendrán derecho a una bonificación del 50% los obligados al pago que acreditan encontrarse en una situación de vulnerabilidad social y que perciben la renta valenciana de inclusión. En el momento en que el sistema de recogida de residuos lo permita, la ordenanza prevé que se podrán tener en cuenta las buenas prácticas de reducción o de separación y recogida separada, con el objetivo de incentivar la correcta separación de residuos.
La tramitación y gestión de la tasa se llevará a cabo a través del servicio mancomunado de la Mancomunidad de la Ribera Alta, de acuerdo con su ordenanza reguladora.
En el mismo lleno se tratará también una modificación del contrato del servicio integral de limpieza urbana para adaptarse a aquello previsto en las directivas europeas y la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Esta modificación busca avanzar para el cumplimiento de los objetivos marcados en la recogida y tratamiento separado de materia orgánica y en la potenciación y mejora de la cantidad de fracciones selectivas recogidas de manera separada.
Así, se incluyen mejoras como son la tecnología que permita la identificación de los usuarios en la recogida de la materia orgánica, contenedores y cubos domiciliarios para la materia orgánica, recogida de contenedores de las fracciones selectivas, recogida de grandes productores de materia orgánica, y educación ambiental. Así mismo, la modificación del contrato incluye también la recogida, transporte y eliminación de residuos peligrosos y la adaptación del servicio de retirada de vertederos incontrolados a la Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de la Generalitat, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunidad Valenciana.
Así mismo, en el pleno del 21 de octubre se tratará también la modificación de la ordenanza que regula el Impuesto de Bienes Inmuebles, que tendrá novedades. La primera es que el tipo de gravamen general se reducirá del 0,73 al 0,693%. Es decir, la reducción será del 5% y se reducirá así el impacto impositivo sobre los contribuyentes. El objetivo de esta reducción es aligerar el impacto que supondrá la nueva tasa de residuos en la economía de las familias, a la vez que se garantiza el mantenimiento de los servicios públicos.
La segunda modificación del impuesto de bienes inmuebles incorpora la posibilidad introducida por la Ley 12/2023 de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, de establecer un recargo por viviendas desocupadas con carácter permanente de grandes tenedores de viviendas. El objetivo es, a través de la fiscalidad, incentivar la movilización de viviendas vacías para ampliar la oferta de vivienda de alquiler y contribuir así a optimizar el uso del parque edificatorio residencial.
Este recargo, del 50%, afectará las viviendas desocupadas con carácter permanente durante más de dos años que pertenezcan a titulares de cuatro o más inmuebles de uso residencial, quitado causas justificadas de desocupación temporal tasadas por la ley. Este recargo se podrá incrementar hasta el 150% en función de la duración de la desocupación y del número de viviendas desocupadas del mismo titular en el término municipal.