caso no cerrado

Los fiscales del Supremo recurren la sentencia del 'Brugal' que absolvió a Sonia Castedo

La junta de fiscales de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado por unanimidad recurrir la sentencia que condenaba al pago de multas de 6.000 y 18.000 euros, respectivamente, al exalcalde de Alicante, Luis Díaz Alperi y al empresario Enrique Ortiz como autores de un delito de cohecho y que absolvía a la también exalcaldesa , Sonia Castedo, de la causa derivada del 'caso Brugal' relativa al diseño del Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad

Pepe Requena

Alicante | 26.01.2022 16:26

El empresario Enrique Ortiz | Joaquín Reina/Europa Press

En caso de que el Alto Tribunal acepte el recurso de casación y se anulara la sentencia, se tendría que repetir el juicio, tal y como adelanta 'Información' y han confirmado fuentes jurídicas a Europa Press.

La resolución podía ser recurrida ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. En un primer momento, Esquerra Unida (que ejerció la acusación particular) estudiaba recurrir al Supremo la sentencia del PGOU de 'Brugal' tras calificar de "irrisorias" las multas a los acusados. Igualmente, Fiscalía Anticorrupción pidió en noviembre al Supremo que revisara el fallo.

La resolución llegaba más de un año después de la vista, que arrancó el pasado 30 de junio de 2020 y con la absolución de 34 acusados en otra de las ramas del caso, la de las basuras de Orihuela.

Los hechos que fueron enjuiciados se remontan a los años 2008, 2009 y 2010, periodo en el que culminó la elaboración del PGOU de Alicante y su exposición pública. La causa se siguió por los delitos de negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos, revelación de secretos o de información privilegiada por autoridad o funcionario, tráfico de influencias, cohecho y prevaricación.

Fiscalía solicitaba 10 años de prisión para Alperi y Castedo e inhabilitación para cargo público durante 29 y 24 años, respectivamente, por delitos de revelación de información privilegiada por autoridad o funcionario, cohecho y tráfico de influencia. A Castedo además, le sumaba prevaricación.

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