Condenado a 11 a帽os de prisi贸n por robar en siete viviendas de Alicante y El Campello entre enero y febrero de 2025
La Audiencia Provincial confirma la sentencia dictada por un juzgado de lo Penal que le declar贸 autor de cinco delitos de robo con fuerza, dos de ellos de car谩cter continuado
La Secci贸n Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha confirmado la condena a 11 a帽os de prisi贸n impuesta a un hombre que entr贸 a robar en siete viviendas de las localidades de Alicante y El Campello entre los meses de enero y febrero de 2025, seg煤n han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
Los magistrados ratifican de este modo la sentencia previa dictada por el Juzgado de lo Penal n煤mero de Alicante, que le declar贸 autor de cinco delitos de robo con fuerza en casa habitada, dos de ellos continuados, para los que apreci贸 la concurrencia de las atenuantes de reparaci贸n del da帽o y de alteraci贸n mental, y la agravante de reincidencia.
El primero de los robos sucedi贸 en la madrugada del 5 de enero de 2025, cuando el ahora condenado accedi贸 a una vivienda de Alicante tras romper el bomb铆n de la puerta del jard铆n. La alarma de la casa lleg贸 a sonar y su propietario se encerr贸 en una habitaci贸n, desde donde avis贸 a la Polic铆a. El penado huy贸 antes de la llegada de los agentes y se llev贸 un tel茅fono, joyas y un bolso, efectos valorados en un total de 2.000 euros.
D铆as despu茅s, el 20 de enero, tambi茅n de madrugada, trep贸 por un pilar y accedi贸 al balc贸n de la planta superior de una casa de El Campello, donde dorm铆a su propietario. De esta vivienda se llev贸 dos c谩maras fotogr谩ficas y cuatro objetivos, todo ello valorado en 1.700 euros.
Con ambos sistemas, bien trepando o bien rompiendo del bomb铆n de la puerta, el condenado entr贸 a robar en cinco viviendas m谩s de las dos localidades, Alicante y El Campello. El 煤ltimo de los robos ocurri贸 el 9 de febrero.
El hombre, con antecedentes penales por hechos similares, est谩 diagnosticado de trastorno por d茅ficit de atenci贸n e hiperactividad y trastorno por consumo de sustancias. No obstante, la sentencia no considera probado que el penado tuviera anulada o mermada su voluntad para el control de impulsos. Con anterioridad a la celebraci贸n del juicio oral, el acusado consign贸 en la cuenta bancaria del juzgado m谩s de 2.000 euros destinados a indemnizar a las v铆ctimas.
La Audiencia de Alicante ha desestimado ahora el recurso de apelaci贸n interpuesto contra la sentencia de instancia por la defensa del condenado, al entender que aplic贸 correctamente el C贸digo Penal en cuanto a la continuidad delictiva respecto de cuatro de los siete robos.
El Tribunal tambi茅n considera correctas la aplicaci贸n por el Juzgado de lo Penal de la alteraci贸n mental del reo como atenuante, y no como eximente completa, y de la atenuante de reparaci贸n del da帽o, as铆 como la individualizaci贸n de las penas impuestas.
La sentencia no es firme y se puede recurrir en casaci贸n.