Vuelven las multas a Madrid Central: estos son los coches que no podrán entrar al centro a partir de este fin de semana
Este fin de semana vuelven las multas a Madrid Central con el objetivo de reducir la contaminación ambiental. Consulta aquí la nueva normativa y la lista de vehículos que ya no podrán acceder al centro.
Este fin de semana vuelven las multas al centro de Madrid. El 11 de diciembre todos los vehículos contaminantes, a excepción de comerciantes y residentes, que quieran entrar en la zona centro de la capital se enfrentarán a una multa. Sin embargo, esta normativa pierde el nombre de Madrid Central que puso la anterior alcaldesa, Manuela Carmena, y pasa a llamarse zona de bajas emisiones de Distrito Centro.
Claves de la nueva normativa municipal
Madrid va a contar de forma progresiva con una gran Zona de Bajas Emisiones para mejorar la calidad del aire. Se contempla la restricción progresiva de la circulación a los vehículos más contaminantes, aquellos que no poseen distintivo ambiental (A), mediante la creación de Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Su aplicación es por anillos territoriales, posibilitando cumplir los valores limite y los umbrales de calidad del aire establecidos por la normativa comunitaria y estatal en materia de calidad del aire y protección del medio ambiente.
La restricción al tráfico en la almendra central seguirá exactamente igual que como la estableció Manuela Carmena durante su gobierno. Aunque, a pesar de que no se añadirá ni quitará ninguna calle del hasta ahora conocido como Madrid central, el Ayuntamiento empleará 185.000 euros para cambiar el nombre a Distrito Centro en estos 4,7 kilómetros de la capital.
¿Cuáles son las nuevas restricciones de Madrid Central?
La nueva ordenanza municipal establece principalmente dos grandes diferencias respecto a Madrid Central:
- Equiparará a los 15.000 comerciantes de la zona con los residentes, que hasta ahora no podían pasar porque no tenían etiqueta medioambiental. A partir de ahora, los comerciantes con vehículos A podrán acceder a la zona de Distrito Centro, con hasta tres vehículos por local.
- Se retrasa hasta el 1 de enero de 2023 la limitación para los vehículos de mercancías con distintivo ambiental B y de más de 3,5 toneladas. Dándoles un año más para su transición a vehículos no contaminantes. Asimismo, les amplían el tiempo de carga y descarga de 30 a 45 minutos.
¿Qué vehículos no tendrán acceso a Distrito Centro?
Después de la nueva normativa, todos aquellos vehículos que no tengan distintivo ambiental estarán denegados a acceder, a excepción de residentes empadronados, vehículos pesados, servicios esenciales o trasladen a PMR. Todos aquellos que tengan que acudir a un taller en esta zona tampoco tendrán permiso, ya que estos dejarán de poder dar autorización. Colegio de abogados y trabajadores nocturnos también pierden este permiso si no tienen distintivo.
Por su parte, aquellos que tengan el distintivo ambiental B o C podrían acceder a aparcar en un parking público, garaje privado o reserva de estacionamiento no dotacional, a excepción de vehículos de invitados autorizados por residentes. Igual que con las motocicletas, pero estas sí pueden aparcar en reservas de estacionamiento no dotacional.
¿Qué ocurre con las motos?
Se ha aprobado nuevas normativas en cuanto a su estacionamiento: Deberán aparcar siempre que puedan en el espacio reservado para motos y, en su defecto, en el espacio reservado para los coches, dejando la moto en diagonal a la línea de la acera y ocupando un máximo de dos metros. De esta manera, queda prohibido aparcar las motos en las aceras, pudiendo ser multadas con hasta 200 euros.
¿Cómo varían las multas?
Por su parte, las multas no han variado, es decir, quienes incumplan la nueva ordenanza serán sancionados con una infracción leve de 90 euros, con posibilidad de reducirlo a la mitad, 45 euros, si se paga antes de 20 días.