En el auto dictado por la sección 5a de la sala del contencioso administrativo del TSJC, los magistrados ordenan directamente al consejero de Educación de la Generalitat de Cataluña, Josep González-Cambray, que, en el plazo máximo de 15 días, dicte "las instrucciones y las garantías de control" necesarias para que en el sistema educativo de Cataluña todos los alumnos reciban "de manera efectiva e inmediata" al menos el 25% de las clases en castellano. Una vez transcurra este nuevo plazo, el consejero debe informar al tribunal "sobre las medidas adoptadas y su grado de cumplimiento".
El TSJC reconoce a la Generalitat "libertad" para decidir cómo ordenar el uso vehicular de las dos lenguas pero le recuerda que "lo que no está en su libertad es no actuar y permitir una situación contraria al mandato constitucional". El auto también requiere a la Alta Inspección Educativa que "verifique" el cumplimiento de las actuaciones ordenadas al consejero de Educación.
Este auto responde a la ejecución forzosa de la sentencia del 25% que había reclamado, entre otros actores, la Asociación por una Escuela Bilingüe (AEB), que ahora queda legitimada como parte en esta causa. En cambio, el TSJC ha inadmitido la solicitud formulada por la representación de diversas personas que invocan su condición de diputados en el Parlamento de Cataluña y el partido político VOX por falta de legitimación.