Municipal

Desde mañana se podrá acceder a las ayudas para el abono de los intereses derivados de los préstamos ICO COVID-19

Se podrá realizar la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento (sede.aytopalencia.es)

Onda Cero Palencia

Palencia | 09.04.2021 13:20

Desde mañana se podrá acceder a las ayudas para el abono de los intereses derivados de los préstamos ICO COVID-19 | Onda Cero Palencia

Las empresas interesadas en acceder a las ayudas para el abono de los intereses derivados de los préstamos ICO COVID-19 podrán realizar sus solicitudes a partir de la jornada de mañana sábado en la sede electrónica del Ayuntamiento (sede.aytopalencia.es), una vez que el Boletín Oficial de la Provincia publica, en su edición de hoy, la convocatoria de estas subvenciones, "dirigidas a PYMEs y autónomos de la capital y que cuentan con un plazo de presentación que finaliza el 30 de junio", indicó el concejal de Desarrollo Económico, Urbano Revilla.

La convocatoria cuenta con dos líneas distintas. Por un lado se encuentra el abono de los intereses correspondientes al primer año de vigencia del préstamo objeto de subvención, para aquellas empresas o autónomos que hubieran solicitado un préstamo a partir del día siguiente al 16 de noviembre de 2020, fecha en la que terminó el plazo de solicitud de la convocatoria de 2020.

Y, por otro, están las destinadas a los intereses correspondientes al segundo año de vigencia del préstamo objeto de subvención, para aquellas empresas o autónomos que lo hubieran solicitado entre el 18 de marzo y el 16 de noviembre de 2020, "pudiendo tanto si se solicitó ayuda en la convocatoria del año 2020, como si no", detalló Revilla.

Ambas líneas no son complementarias, ya que la del primer año va dirigida a empresas que firmaron un préstamo ICO a partir del 17 de noviembre de 2020, mientras que a la del segundo año podrán optar aquellas que obtuvieron el préstamo entre el 18 de marzo y el 16 de noviembre de 2020.

La cantidad a subvencionar equivaldrá a la suma de las cuotas de interés correspondientes a los doce meses a la anualidad a subvencionar. El cálculo de la ayuda que corresponde al préstamo estará afectado por dos límites en cuanto al tipo de interés nominal (2,5% como máximo) y el capital (15.000 euros). En caso de sobrepasarse estos topes, la cantidad correspondiente a los intereses subvencionados será prorrateada en referencia a dichos límites

La documentación que deberá presentarse, preferiblemente en formato electrónico (pdf), identificando el nombre de cada archivo con su contenido, así como toda la información sobre las bases, se encuentra disponible en en la sección de empresas del espacio web de la Agencia de Desarrollo Local (https://www.aytopalencia.es/te-ofrecemos/agencia-desarrollo-local/empresas).