Declaran responsabilidad empresarial en dos accidentes mortales en Toledo
A través de un comunicado, CCOO ha confirmado que la Inspección de Trabajo ha atendido y constatado las denuncias del sindicato en Toledo y ha declarado la responsabilidad empresarial en dos accidentes mortales por caída en altura ocurridos en la provincia en julio y noviembre del pasado año.
Según relata el sindicato, el pasado 17 de julio, "un trabajador que se encontraba realizando tareas de mantenimiento de placas fotovoltaicas en una nave de la empresa TOPFORM en la localidad de Yuncos se precipitó por uno de los lucernarios de la cubierta desde una altura aproximada de ocho metros".
Falleció en el acto. Tenía 45 años y apenas llevaba cuatro días, desde el 13 de ese mismo mes de julio, trabajando como peón instalador con contrato indefinido para la empresa E4E SOLUCIONES ENERGÉTICAS, S.L.
La inspectora de trabajo que acudió al lugar de los hechos hizo constar que “la red de seguridad horizontal estaba parcialmente retirada”. Tras las investigaciones y actuaciones posteriores, la inspectora concluyó que la mercantil TOPFORM “había cometido una infracción en materia de Prevención de Riesgos Laborales, comprobándose que, en cuanto empresario titular, no llevó la preceptiva iniciativa para establecer los medios de coordinación necesarios con la empresa concurrente E4E SOLUCIONES ENERGÉTICAS, S.L.; iniciándose el correspondiente proceso sancionador y el correspondiente recargo de prestaciones al INSS.”
Continúa Comisiones Obreras, a través de dicha nota de prensa, relatando que, el 25 de octubre de 2023, "un joven trabajador de 24 años de edad de la empresa AKITER RENOVABLES S.L., cayó desde unos cuatro metros de altura cuando comenzaba a descender por una escalera de mano telescópica desde la cubierta de la nave de una estación de servicio del polígono industrial de Toledo en la que había estado instalando placas solares".
Según informan se encontraba trabajando "solo, sin el compañero que habitualmente prestaba servicios con él". Aseguran que "no disponía de arnés ni de línea de vida, cuando e desestabilizó y cayó". Indican que "sufrió gravísimas lesiones, a consecuencia de las cuales falleció el 20 de noviembre".
Tras las correspondientes investigaciones y actuaciones, la Inspección de Trabajo concluyó que la empresa AKITER RENOVABLES S.L. había incurrido en infracción muy grave por incumplimientos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el Estatuto de las Personas Trabajadoras, el Real Decreto 1215/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, y el Real Decreto 1627/1977, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad en las obras de construcción.
En consecuencia, propuso a la Seguridad Social el correspondiente recargo de prestaciones y abrió proceso sancionador contra la empresa AKITER RENOVABLES S.L., a la que la realizó también seis requerimientos en materia preventiva.
Los dos siniestros, deja claro la ITSS, se produjeron por responsabilidad empresarial. Pudieron y debieron evitarse: hubiera bastado con cumplir las normas en materia preventiva.
Según Sonia Sanz, del sindicato, “vamos a seguir denunciando a las empresas que incumplan sus obligaciones en materia de seguridad y salud laboral y en las que se produzcan accidentes graves, muy graves y mortales; con el fin de que la Inspección de Trabajo compruebe y corrobore la falta de medidas de seguridad, para que sean subsanadas y se eviten así nuevos accidentes; y para conseguir, una vez establecida la responsabilidad empresarial, un recargo de prestaciones para la persona trabajadora accidentada, o para los familiares de los fallecidos en los casos, como estos dos, en los que desgraciadamente los accidentes son mortales.”