Prioriza los caudales ecológicos frente a los intereses trasvasistas

Castilla-La Mancha celebra la última sentencia del Supremo contra los regantes de Levante

Los municipios ribereños de Entrepeñas y Buendía reclaman ponerse a trabajar en la modificación de las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura que contemplan la reducción en las cantidades trasvasadas

Mónica Fraile Martínez

Guadalajara |

Castilla-La Mancha celebra la última sentencia del Supremo contra los regantes de Levante | Europa Press

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura (SCRATS) contra la revisión del trasvase Tajo-Segura.

El alto tribunal ha rechazado íntegramente el recurso del SCRATS contra la revisión del Plan Hidrológico del Tajo que prevé recortes progresivos del agua trasvasable derivado de los nuevos caudales ecológicos.

La resolución, fechada el 13 de mayo que se ha conocido hoy, supone una nueva victoria judicial para Castilla-La Mancha en el largo conflicto por el futuro del Trasvase Tajo-Segura.

El presidente regional Emiliano García-Page ha mostrado su alegría y orgullo por "una tierra que defiende lo suyo".

El Supremo rechaza uno por uno los argumentos centrales de los regantes avalando que la conservación ambiental del Tajo tiene prioridad jurídica sobre el aprovechamiento trasvasista y que el Estado puede elevar los caudales ecológicos aunque ello limite las transferencias al Segura.

El presidente de la Asociación de Municipios Ribereños de Entrepeñas y Buendía, Borja Castro celebra la sentencia y ha vuelto a insistir en ponerse a trabajar en la modificación de las reglas de explotación del trasvase para reducir los envíos a Levante.

Ha detallado que "hay 280 hm3 en la cuenca del Segura que subirá a 400".

Por su parte, la ministra de Educación, exalcaldesa de Toledo, exdelegada del Gobierno en Castilla-La Mancha, Milagros Tolón, también ha reaccionado a la sentencia señalando que el trasvase es algo ya anacrónico.

El Supremo deja un margen jurídico mucho más estrecho para futuras impugnaciones.