Le absuelve de los delitos contra la integridad moral

El Supremo rebaja la condena de prisión al profesor del conservatorio de Cuenca acusado de abuso sexual

El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de cinco a dos años de prisión la condena impuesta al profesor de piano del conservatorio "Pedro Aranaz" de Cuenca por "un delito continuado de abuso sexual". Fue juzgado en 2019 en la Audiencia provincial. Le absuelve de los delitos contra la integridad moral por los que había sido acusado.

Onda Cero Cuenca

Cuenca | 27.07.2021 14:27

J.M.M.T., profesor del Conservatorio durante el juicio en la Audiencia en 2019 | OCR

Así lo recoge una sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo después del recurso de casación que presentó el acusado tras la sentencia de la Audiencia provincial de Cuenca, que le condenó por abusos sexuales a menores a una pena de 5 años y seis meses de prisión por tres delitos contra la integridad moral y un delito continuado de abuso sexual.

El profesor, J.M.M.T., fue juzgado en abril de hace dos años por trece delitos, entre ellos los de agresión sexual y abusos sexuales a menores, exhibición de material pornográfico o delitos contra la integridad moral, parte de los cuales, según señaló entonces la sentencia de la Audiencia provincial, han prescrito.

Ahora, la sentencia del 24 de junio de 2021 del Tribunal Supremo, rebaja esa pena. Le considera autor criminalmente responsable de "un delito continuado de abuso sexual" sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a 2 años y 6 meses de prisión; también para el ejercicio de la docencia durante el tiempo de la condena.

Asimismo, le prohíbe aproximarse a la víctima a menos de 200 metros, como comunicarse con ella durante un tiempo de 3 años y 6 meses, además de una libertad vigilada de tiempo de un año para su ejecución con posterioridad a la pena privativa de libertad.

También le condena al pago de una catorceava parte de las costas causadas.

No obstante, la sentencia señala que abona al condenado "el tiempo de privación de libertad que haya podido sufrir a razón de esta causa (particularmente por detención policial)".

También las prohibiciones de aproximación y comunicación el tiempo de vigencia de las medidas cautelares sobre el particular que en su día se acordaron.

Igualmente acuerda abonar, en cuanto a la pena de prisión, un día por cada diez comparecencias "apud acta".

La sentencia le condena además a indemnizar a A.T.D, con la responsabilidad civil subsidiaria de la Junta de Comunidades, en la cantidad de 6.000 euros, en concepto de daños morales.

El profesor ejerció en el conservatorio entre 1993 y 2015.