Un juzgado estima la imposibilidad de demoler las 20 viviendas de Entrelindes de Liencres 23 años después
Contra el auto, existe la posibilidad de presentar recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santander ha estimado la causa planteada por el Ayuntamiento de Piélagos sobre la imposibilidad de ejecución de la sentencia de derribo de 20 viviendas en la zona de Entrelindes, en Liencres, que data de 2001.
Así lo ha informado este viernes en declaraciones a la prensa el consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, Roberto Media, junto al alcalde de Piélagos, Carlos Caramés, y el director general de Urbanismo y Ordenación del Territorio, Víctor Gil.
Contra el auto, con fecha a 17 de septiembre y al que ha tenido acceso Europa Press, existe la posibilidad de presentar recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) en los próximos 15 días.
Media ha explicado que esas 20 viviendas que tenían una sentencia firme de derribo desde el año 2001, "hoy se encuentran fuera de ordenación, lo que imposibilita su demolición", sin embargo, "esto no quiere decir que las viviendas a día de hoy sean legales", que, en un futuro "podrán ser legalizadas oficialmente cuando obtenga la correspondiente licencia".
Ha recordado que el 1 de enero del 2024 entró en vigor la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas que acompañaba el presupuesto de este año, apoyada con el apoyo del PP y del PRC que, "juntos y de la mano de los afectados", trabajaron para introducir unas modificaciones legales en la Ley del Suelo que han permitido "llegar al punto en el que hoy nos encontramos".
Esto no garantiza nada, ni es el fin de ningún camino, pero puede marcar una senda de esperanza para todos los vecinos que durante más de 20 años se han visto afectados por un problema tan grave como el de las sentencias de derribo
Así, ha señalado que el juez considera que la disposición adicional duodécima que se introdujo en la Ley del Suelo "no legaliza las edificaciones que hay que demoler, no las declara conforme al ordenamiento, sino lo que hace es declararlas fuera de ordenación, lo que la sujeta a un régimen especial y permite su conservación y será una licencia de obra posterior la que deberá legalizar esas edificaciones".
"Esto no garantiza nada, ni es el fin de ningún camino, pero puede marcar una senda de esperanza para todos los vecinos que durante más de 20 años se han visto afectados por un problema tan grave como el de las sentencias de derribo", ha valorado.