BAL-SINDICATURA CUENTAS

La Sindicatura de Cuentas recomienda reducir el sector público autonómico

Es la primera recomendación que figura en su informe de la cuenta general de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2011 que el síndico mayor, Pedro Antonio Mas, ha presentado hoy a la presidenta del Parlament balear, Margalida Durán.

ondacero.es

Baleares | 10.05.2013 00:00

La Sindicatura de Cuentas recomienda que se analice y se reduzca la estructura y la composición del sector público autonómico y que se vele por su adaptación a la satisfacción de las necesidades bajo los principios de eficacia, eficiencia y economía.

Es la primera recomendación que figura en su informe de la cuenta general de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2011 que el síndico mayor, Pedro Antonio Mas, ha presentado hoy a la presidenta del Parlament balear, Margalida Durán.

Asimismo, la Sindicatura recomienda realizar conciliaciones periódicas de los saldos y los movimientos entre la comunidad autónoma y las entidades dependientes.

Además, adoptar las medidas oportunas para que en las cuentas anuales de empresas, consorcios y fundaciones en los que, siendo mayoritaria la participación pública, la de la comunidad autónoma sea la más importante, sean rendidas en plazo a la Sindicatura de Cuentas a través del órgano de control interno.

También, recomienda modificar la normativa pertinente para que toda la actividad financiera del sector público autonómico se presente de manera consolidada.

La Sindicatura advierte de que la Agencia Tributaria de las Islas Baleares no dispone de un inventario completo y debidamente valorado de los bienes y derechos de los elementos que lo integran.

Respecto a las subvenciones estima que se debería exigir un cumplimiento más cuidadoso de las solicitudes y de las justificaciones y recuerda que hay que realizar un seguimiento estricto de las mismas y efectuar los informes de auto-evaluación de los programas ejecutados con el fin de analizar los resultados obtenidos, la utilidad pública o social y la procedencia de mantenerlos o suprimirlos.

Además, recuerda que la no aplicación de los principios de publicidad y concurrencia previstos tiene carácter excepcional.