Cierran un año un establecimiento de ocio de Magaluf tras localizar en el interior una menor de 12 años en estado ebrio
Se ha impuesto una sanción económica al local de 115.000 euros, por esta y otra infracción, al superar en un 48% el aforo permitido.
El Ayuntamiento de Calvià ha declarado el cierre por un año de un establecimiento de ocio de Magaluf, después de haber localizado en el interior del mismo a una menor de 12 años, en estado ebrio, y haber superado en un 48% el aforo permitido. Además, le ha impuesto una sanción económica de 115.000 euros por ambas infracciones.
Según ha informado el Ayuntamiento de Calvià este lunes en nota de prensa, se ha decretado el cierre por un año de un establecimiento de ocio, ubicado en el camí de sa Porrassa de Magaluf, por la comisión de dos infracciones tipificadas en la Ley 7/2013, de Régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en Baleares como muy graves, y se le ha impuesto una sanción económica de 115.000 euros.
La primera infracción se produjo al constatar, en una actuación conjunta de Policía Local y Guardia Civil, que dicho establecimiento tenía un aforo muy superior al permitido, lo que podía crear una situación de peligro para la seguridad e integridad física de las personas, por lo que se procedió al desalojo de quienes permanecían en el interior, contabilizando 254 personas y ocho trabajadores, superando en un 48% el aforo máximo permitido.
En este caso, se trata de una infracción calificada como muy grave, según el Artículo 104.d de la Ley 7/2013, de Régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en Baleares, por superar la capacidad máxima prevista en la normativa vigente, en el proyecto, en la documentación técnica o en la autorización, en un porcentaje de un 20% o más en el establecimiento o en la zona del establecimiento.
Como resultado de ese control, se localizó en el interior del establecimiento a una menor de 12 años, en estado ebrio, portando en su mano una copa de la que estaba bebiendo, con contenido alcohólico. Esta segunda situación infringe el Artículo 104.m de la Ley 7/2013, de Régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en Baleares, que considera una infracción muy grave permitir la entrada a menores en los lugares donde no esté permitido.
La propiedad del establecimiento deberá pagar 52.500 euros de multa por cada una de las infracciones, y se ha ordenado la clausura total de la actividad durante un período de tiempo de un año, después de desestimarse los recursos de reposición que presentó esta a la resolución del expediente sancionador.