Hacienda reclama un 3 por ciento de la venta de Pedralbes por el impuesto de no residentes
En su escrito, la abogada del Estado se ampara así en la Ley del Impuesto sobre No Residentes, según la cual quienes transmiten bienes inmuebles situados en el país a "no residentes sin establecimiento permanente están obligados a retener e ingresar el porcentaje fijado legalmente del 3 por ciento sobre la contraprestación acordada".
La Agencia Tributaria (AEAT), personada como acusación particular en el caso Nóos a través de la Abogacía del Estado, ha presentado un escrito ante el juez José Castro para que exija a los Duques de Palma que acrediten el ingreso a Hacienda del 3 por ciento de los fondos que obtengan con la venta del palacete de Pedralbes, retención obligatoria cuando el comprador no es residente de España.
En su escrito, la abogada del Estado se ampara así en la Ley del Impuesto sobre No Residentes, según la cual quienes transmiten bienes inmuebles situados en el país a "no residentes sin establecimiento permanente están obligados a retener e ingresar el porcentaje fijado legalmente del 3 por ciento sobre la contraprestación acordada".
A raíz de esta petición, el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma ha dictado este martes una providencia con la que da traslado de la solicitud a la Infanta Cristina, su marido, Iñaki Urdangarin, y las acusaciones del caso a fin de que, en un plazo de tres días, se pronuncien al respecto. Una vez emitan sus alegaciones, Castro resolverá.
Tal y como señalan los servicios jurídicos del Estado en el escrito, el ingreso debe efectuarse dentro de un mes a partir de la fecha de la transmisión de la vivienda.
La Ley establece que la persona que adquiere el inmueble está obligada a retener e ingresar en el Tesoro Público el 3 por ciento de la contraprestación acordada, una retención que para el vendedor tiene el carácter de pago a cuenta del impuesto que corresponda por la ganancia (modelo 211).
Precisamente, Castro ha confirmado este martes su autorización para la venta del palacete siempre que los Duques se comprometan a depositar en el Juzgado los 2,3 millones de euros que obtendrían por la mitad del inmueble embargada a Urdangarin como garantía ante las responsabilidades económicas que puedan derivarse de la causa.
Mediante un auto dictado este martes -contra el que cabe recurso de apelación-, Castro ha desestimado la petición del Duque de poder abonar a Hacienda 253.705 euros -derivados del impago del IRPF de 2009- con los fondos que obtendría con la operación inmobiliaria. El precio de la misma está estipulado, en concreto, en 6,95 millones de euros.
En su resolución, el magistrado asevera que el crédito que Urdangarin pretende pagar a la Agencia Tributaria (AEAT) no deriva de la supuesta comisión de ningún delito fiscal investigado en el caso Nóos, de modo que el embargo que pesa sobre la mitad indivisa del palacete "no tiene como finalidad garantizar ese crédito".
Asimismo, señala que la "preferencia" que el marido de la Infanta Cristina quiere dar al dinero que obtenga de la venta "podría tener sentido si el crédito que ostentara la AEAT lo fuera por razón de tributo que gravara periódicamente la finca a enajenar", y añade que este pago "hubiera podido gozar de cierta preferencia si la Administración Tributaria hubiera accedido al Registro de la Propiedad y anotado preventivamente el embargo de la finca con prioridad a que lo hiciera este Juzgado".
En su recurso, la defensa del Duque aseveraba que la resolución dictada por Castro con los términos para llevar a cabo la operación inmobiliaria "no se ajusta a derecho" y aseveraba que, en el caso de que el magistrado le permitiera saldar su deuda con Hacienda con el dinero procedente de la venta, podría igualmente depositar en el Juzgado la suma "nada despreciable de más de 2,1 millones de euros".
Es más, el abogado de Urdangarin, Mario Pascual Vives, comparaba su situación con la del exsocio de éste, Diego Torres, al recordar cómo el Juzgado autorizó el desbloqueo de 271.272 euros los fondos que le fueron intervenidos en una cuenta de Luxemburgo, "que había resultado previamente embargada de un monto superior, localizado y trabado en el extranjero".
Cabe recordar que la mitad del palacete le fue embargada al Duque tras no haber hecho éste frente a la fianza civil de 8,2 millones de euros, posteriormente reducida a 6,1 millones, que a finales de 2013 le fue impuesta de forma conjunta con Torres.
Por su parte, el sindicato Manos Limpias, personado como acusación popular, ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Baleares la decisión de autorizar la venta del inmueble, al alegar que con esta operación inmobiliaria no se garantizará "en modo alguno" las responsabilidades civiles exigidas a los Duques de Palma "habida cuenta de las cargas que el referido inmueble posee".
PRECIO DE VENTA "RAZONABLE"
En el auto con el que Castro permitió la venta, el juez señalaba que el coste de 6,95 millones libre de comisiones de intermediarios inmobiliarios que, de existir el porcentaje usual del 5 popr ciento, lo elevarían a 7,2 millones, "parece un precio razonable en las actuales circunstancias, por lo que de entrada hay que descartar cualquier recelo al respecto".
De hecho, apuntaba que el precio ofertado "implica una significativa merma respecto del que en su día lo fue como de compra del inmueble, más las cuantiosas obras de reforma que sin duda lo mejoraron". Además, recalcaba que "la crisis del mercado inmobiliario aún no ha transcurrido, que es posible que tenga una mayor incidencia en fincas de este tipo y que la urgencia por vender es claro que se traduce en una lógica depreciación del bien que se pretende enajenar".