El ciudadano se ve acorralado cuando es objeto de sanción por una infracción de tráfico. La idea generalizada es que resulta muy complicado: hay que solicitar los servicios de un abogado o de una asociación de conductores, pocos recursos prosperan. Además, al presentar alegación se renuncia al descuento del 50% por pagar antes de 20 días. De modo que lo habitual es optar por el mal menor y pagar.
El presidente de la Automovilistas Europeos Asociados, Mario Arnaldo, destaca que para reducir el volumen de recursos, la DGT aumentó en 2009 el descuento por pronto pago del 30% al 50%, lo que produjo un desplome del número de recursos. El 64% de las multas se pagan sin objeción, y sólo el 36% de los conductores se decide a recurrir las sanciones.
Arnaldo subraya el largo peregrinaje que supone enfrentarse a la Administración. Mientras por vía administrativa apenas se retiran multas porque, entre otras cosas, la ley concede al agente sancionador una presunción de veracidad que no es fácil desmontar para el ciudadano, que queda situación de indefensión, incluso al recurrir a la vía judicial, ya que no todos los juzgados fallan en el mismo sentido ante idénticas circunstancias. Aún así, destaca que se está produciendo un importante incremento de sentencias que dan la favor a los recurrentes.