Prohíben el vertido de purines durante la celebración de la Feria Huesca es Dulce
Desde hoy y hasta el domingo se restringe la aplicación agrícola de purines, estiércoles y otros productos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero
Coincidiendo con la celebración de la II Feria Huesca es Dulce, el Ayuntamiento de Huesca prohíbe desde este jueves 16 de octubre y hasta el próximo domingo, día 19,la aplicación agrícola de purines, estiércoles y otros productos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero. La alcaldesa Lorena Orduna ha firmado un decreto que se publica hoy en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, que indica que los vertidos no podrán realizarse en una distancia menor a dos kilómetros “de la última vivienda” de la ciudad en las citadas fechas.
El texto subraya que durante la Feria del Dulce, “la ciudad de Huesca va a ser un importante centro de atención para todo el país con una importante afluencia de visitantes y la asistencia de los más importantes reposteros nacionales e internacionales”. Se espera así garantizar “una imagen medioambiental y turística adecuada de nuestra ciudad y evitar la negativa repercusión que en visitantes y vecinos pudieran producir las molestias e incomodidades generadas por la aplicación agrícola de purines, estiércoles y otros residuos ganaderos y agrícolas”.
En 2019, el Ayuntamiento de Huesca redactó una ordenanza sobre la aplicación de purines para regular y prevenir esta práctica, así como para evitar la contaminación medioambiental y los malos olores a los vecinos. La ordenanza prohíbe la aplicación agrícola de purines en Huesca capital en varias fechas: Del 1 al 31 de agosto en el todo el término municipal, así como los días festivos de ámbito local, autonómico y nacional. Del 1 de junio al 31 de julio, y del 1 de septiembre al 1 de octubre en una distancia menor a 1 km de la última vivienda, así como sábados, domingos y previo a festivos. Y del 2 de octubre al 31 de mayo en una distancia menor a 300 metros de la última vivienda. También se prohíbe, como es el caso, “los días que por motivos institucionales que el Ayuntamiento pudiera marcar, previo aviso a los interesados mediante la publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en una distancia menor a 2 kilómetros de la última vivienda”. La normativa también recoge, entre otras prohibiciones, el vertido de los citados componentes agrícolas y ganaderos “en las siguientes 48 horas que se pronostique según la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), una velocidad de viento media superior a los 15 kilómetros hora”. Las infracciones en este sentido pueden acarrear multas de entre 750 a 3.000 euros, dependiendo de la gravedad.