CAMBIOS EN LA NORMATIVA

Las viviendas turísticas ya cumplen con las mismas licencias y requisitos que hoteles, hostales o pensiones

Desde este martes, las viviendas turísticas de Sevilla han pasado a tener las mismas condiciones que los hoteles, hostales y pensiones. Desde entonces no tenían una regulación específica a pesar del crecimiento de estas viviendas. Esta modificación no tiene carácter retroactivo, es decir, no es de aplicación a las viviendas turísticas que ya estaban funcionando. El Ayuntamiento regula y ordena por vez primera esta actividad, en los límites marcados por sus competencias y tras un amplio periodo de consultas. Hasta el momento, carecía de una regulación específica a pesar del crecimiento que ha experimentado en los últimos años como consecuencia del auge del turismo en la ciudad.

Juancho Fontán

Sevilla | 07.06.2022 12:57

Turistas pasean por las calles céntricas de Sevilla | Europa Press

La modificación supone que las viviendas turísticas se asimilan a hoteles, hostales, pensiones y apartamentos turísticos y, por tanto, tendrán idénticas condiciones, requisitos para su implantación y ubicaciones autorizadas dentro de un edificio de viviendas. Con esta iniciativa, el Ayuntamiento ordena esta actividad, que, hasta el momento, carecía de una regulación específica.

Según el texto de la modificación elaborado por Urbanismo, la utilización de una vivienda con fines turísticos en Sevilla estará sujeta a las condiciones para usos terciarios establecidas en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y deberá respetar las condiciones de compatibilidad con el uso residencial establecidas para el citado uso terciario. Como en el caso de otros tipos de alojamiento turístico, una vivienda turística implica "implantar un servicio terciario de hospedaje, teniendo que cumplir los mismos requisitos y condiciones que la normativa exige para estos establecimientos.