¿Puede la sentencia de Málaga afectar a la Zona de Bajas Emisiones de Granada?
El TSJA ha anulado la regulación de la ZBE de Málaga y el Ayuntamiento dejará de multar desde este miércoles, 14 de octubre. En Granada, nueve municipios metropolitanos han recurrido la ordenanza, pero las resoluciones conocidas hasta ahora solo han rechazado las medidas cautelares solicitadas por Armilla y Gójar, sin resolver el fondo de sus impugnaciones.
La Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Granada continúa vigente, a diferencia del régimen sancionador de Málaga, que se queda sin respaldo jurídico tras una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Aunque ambos casos afectan a las restricciones de tráfico urbano, la situación judicial es diferente: en Málaga ya existe un pronunciamiento sobre la regulación de la zona, mientras que en Granada siguen pendientes de resolución los recursos contra la ordenanza municipal.
¿Por qué Málaga ha dejado de multar por su Zona de Bajas Emisiones?
El TSJA ha estimado parcialmente el recurso presentado por el grupo municipal de Vox contra la Ordenanza de Movilidad de Málaga y ha anulado el apartado que regulaba la ZBE. El tribunal cuestiona el trato diferenciado que recibían los vehículos sin distintivo ambiental: se sancionaba a los registrados fuera de Málaga capital, mientras que los domiciliados en la ciudad quedaban exentos.
La resolución judicial considera que esta diferencia de trato vulnera principios jurídicos como la igualdad y la libertad de circulación. Tras conocer el alcance del fallo, el Ayuntamiento malagueño ha decidido no recurrir ante el Tribunal Supremo y dejar de imponer multas desde el 14 de octubre de 2026, mientras prepara una nueva regulación. La medida obliga también a revisar los expedientes sancionadores afectados por la anulación.
Nueve ayuntamientos metropolitanos han recurrido la ZBE de Granada
En Granada, el escenario es distinto. Según la información publicada por Ahora Granada el 7 de enero de 2026, nueve municipios del área metropolitana han presentado recursos ante el TSJA contra la Ordenanza Integral de Movilidad Sostenible que regula la zona de bajas emisiones de la capital.
Se trata de Armilla, Gójar, Maracena, Pulianas, Otura, La Zubia, Atarfe, Fuente Vaqueros y Cúllar Vega. A estos recursos se suman los presentados por el grupo municipal de Vox en Granada, la Asociación de Desarrollo Empresarial y Profesional de Granada y un particular, hasta alcanzar una docena de impugnaciones.
Los municipios pretenden que se revise judicialmente la implantación de la normativa y, en algunos casos, han solicitado que se suspenda provisionalmente mientras se resuelve el procedimiento. Sin embargo, el tribunal ha rechazado las medidas cautelares solicitadas por Armilla y Gójar, por lo que esas peticiones no han paralizado la aplicación de la ZBE granadina.
¿Qué diferencias hay entre las decisiones judiciales de Málaga y Granada?
La diferencia fundamental es que el TSJA ya ha anulado la regulación de la ZBE de Málaga, mientras que en Granada no ha resuelto todavía el fondo de los recursos de los ayuntamientos metropolitanos. En el caso malagueño, la sentencia afecta directamente al marco jurídico que sustentaba las sanciones; en el granadino, las resoluciones conocidas hasta enero de 2026 se limitan a rechazar la suspensión cautelar solicitada por dos municipios.
Por tanto, el rechazo de las medidas cautelares de Armilla y Gójar no significa que el tribunal haya declarado legal definitivamente la ordenanza de Granada. Significa que no ha considerado procedente suspenderla provisionalmente durante la tramitación de esos recursos. La normativa continúa aplicándose mientras se espera una decisión sobre el fondo de las impugnaciones.
El precedente de Málaga puede abrir un debate sobre los criterios de igualdad y proporcionalidad aplicados a las zonas de bajas emisiones, pero no anula automáticamente la ZBE de Granada. Para determinar si la ordenanza granadina puede verse afectada, será necesario conocer los argumentos concretos de los recursos y las futuras resoluciones del TSJA.