SANIDAD | UN ALTA MÉDICA BAJO LA LUPA JUDICIAL

Anulan el alta de una enfermera de Granada que tuvo que volver al trabajo sin haberse recuperado de un cáncer

La sentencia, que ya es firme, reconoce su derecho a continuar de baja desde el 1 de abril de 2026. SATSE denuncia que la Inspección Médica ordenó su reincorporación sin valorar adecuadamente las limitaciones que todavía presenta. También aseguran que se producen altas por SMS sin haber visto a la persona.

Redacción

Granada |

La Justicia ha dado la razón a una enfermera granadina que fue obligada a reincorporarse a su puesto de trabajo pese a continuar sufriendo secuelas de un cáncer. Una sentencia firme ha anulado el alta médica que recibió y reconoce su derecho a permanecer en situación de incapacidad temporal desde el 1 de abril de 2026, con todos los efectos legales correspondientes.

La resolución estima la demanda presentada por la profesional a través de la asesoría jurídica del Sindicato de Enfermería SATSE en Granada, en un procedimiento de impugnación de alta médica. El fallo, contra el que ya no cabe recurso, considera acreditado que las limitaciones funcionales derivadas de su proceso oncológico eran incompatibles con el desempeño normal de su actividad asistencial.

El secretario provincial de SATSE en Granada, José Manuel Morales, ha denunciado que la Inspección Médica dio el alta a esta profesional sin valorar adecuadamente las consecuencias que todavía tenía la enfermedad sobre su capacidad para trabajar.

Según explica, la enfermera continuaba sometida a seguimiento y tratamientos médicos y presentaba secuelas que condicionaban el ejercicio de una profesión que exige un importante esfuerzo físico y una atención continuada a los pacientes.

Morales advierte, además, de que este caso no sería aislado. El responsable sindical denuncia una creciente presión para tramitar altas médicas sin comprobar presencialmente el estado de los trabajadores. «En muchas ocasiones se producen altas por SMS sin haber visto a la persona», asegura, y añade que incluso se han comunicado decisiones desde inspecciones médicas de otras provincias.

Las reincorporaciones prematuras pueden afectar a la seguridad de los pacientes

Para SATSE Granada, la sentencia va más allá del reconocimiento del derecho individual de esta enfermera. El sindicato considera que las altas médicas antes de una recuperación efectiva pueden perjudicar tanto la salud de los profesionales como la organización de los servicios sanitarios y la seguridad asistencial.

La organización recuerda que el trabajo de enfermería requiere unas condiciones físicas y funcionales que permitan desarrollar la actividad con garantías. Por ello, defiende que ningún profesional debe verse obligado a regresar a su puesto mientras persistan problemas de salud incompatibles con el ejercicio seguro de sus funciones.

En este sentido, SATSE reclama a la Inspección Médica que extreme el rigor en la evaluación de los procesos de incapacidad temporal, especialmente cuando existen secuelas de enfermedades graves, como los procesos oncológicos.

Pendiente de las consecuencias económicas y administrativas

Aunque la sentencia ya es firme, todavía queda por determinar cómo se ejecutará en la práctica. La enfermera llegó a reincorporarse temporalmente a su puesto tras recibir el alta médica y, posteriormente, inició un nuevo proceso de incapacidad temporal por una causa diferente, en el que continúa actualmente.

Esta circunstancia obliga ahora a aclarar las posibles consecuencias administrativas y económicas derivadas de la anulación del alta y de la reposición de la baja desde abril.

Desde SATSE Granada aseguran que permanecerán pendientes del cumplimiento de la resolución judicial y de las implicaciones retributivas que puedan corresponder a la profesional.

El sindicato considera que este fallo vuelve a poner sobre la mesa la importancia de que las altas médicas respondan a una recuperación real y tengan en cuenta no solo la evolución de una enfermedad, sino también sus consecuencias en la vida laboral de quienes la han padecido.