El Tribunal de Cuentas refrenda la irregularidad del complemento específico suspendido por el Ayuntamiento de Puerto Real
Pone el foco sobre el abono del concepto conocido como “el perfecto encuadramiento” a una parte de la plantilla, así como el pago de un complemento de destino mayor al fijado por ley a varios empleados .
El Ayuntamiento ha recibido una notificación de diligencia de ordenación dictada el 13 de junio del presente año relativa a un informe de fiscalización del ejercicio 2018 de la gestión de los recursos humanos de ayuntamientos con población entre 20.000 y 50.000 habitantes, entre los que se encuentra Puerto Real. Las actuaciones iniciadas por el Tribunal de Cuentas surgen al entender que se han dado deficiencias y que pueden existir responsabilidades por parte de la administración local que han sido recogidas en el Informe de Auditoría de la Cámara de Cuentas de Andalucía. En el caso de Puerto Real, se hace alusión al abono por parte del Ayuntamiento, a una parte de la plantilla, del concepto retributivo denominado cantidad acuerdo 29 de abril de 2008, en virtud de un conjunto de acuerdos y actos aprobados por el pleno municipal entre los años 2006 y 2009. Se trata del conocido como “perfecto encuadramiento”, cantidad con la que se compensaba a una parte del personal del Consistorio. Igualmente, el Tribunal de Cuentas señala que hay deficiencias en la situación de cinco trabajadores municipales que han percibido un complemento de destino de mayor importe al fijado por la Ley 6/2018 de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para los niveles que tienen reconocidos.
La notificación, registrada en el Ayuntamiento el pasado 21 de junio, ya ha sido alegada por parte de la administración local. La delegada municipal de Recursos Humanos, Carmen Silva, afirma que “hemos recurrido, solicitando el archivo de las actuaciones iniciadas, para evitar un varapalo más para el Consistorio, que está pagando las consecuencias de la gestión pasada”. Cabe recordar que tanto los acuerdos como el ejercicio fiscalizado corresponden a mandatos corporativos anteriores al actual equipo de gobierno. En este sentido, Silva subraya que “el gobierno local actual ha sido el que ha acabado con esta situación, pues ha asumido el desgaste que ha supuesto acatar las indicaciones del Consejo Consultivo de Andalucía, consciente de que hay que cumplir con la legalidad y de que no podía seguir manteniéndose la citada situación”.
Así, lejos de querer entrar en conflicto con la parte del personal afectado, la responsable municipal de Recursos Humanos manifiesta que “como venimos destacando, todo pasa por facilitar que el Ayuntamiento tenga una Relación de Puestos de Trabajo (RPT) actualizada, que reconozca la situación de la plantilla y las necesidades actuales del Ayuntamiento, cosa que no nos cansamos de reiterar y en la que llevamos tiempo trabajando para aportar soluciones”. En lo concerniente al recurso presentado por el Consistorio, cabe destacar que, en relación al abono de las cantidades del acuerdo de 29 de abril de 2008, el Ayuntamiento alega que se ha instruido el procedimiento administrativo de revisión de oficio del os acuerdos y resoluciones municipales en virtud de los cuales se abonaba dicha retribución. Sobre este apartado, desde Recursos Humanos se destaca que en su momento se iniciaron sendos expedientes, que acabó con la declaración de la suspensión de la ejecutividad de los acuerdos mencionados con anterioridad, tal y como se aprobó en el pleno de julio de 2021. Carmen Silva reseña que “este acuerdo se adoptó tras recibir el Ayuntamiento el informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en fase de alegaciones, como medida cautelar, sin tan siquiera esperar a la recepción del informe definitivo. Y en noviembre de 2021 el pleno aprobó declarar la nulidad de los acuerdos y decretos municipales que daban cobertura y amparo al abono de tales retribuciones, por ser contrario al ordenamiento jurídico”.
Por otro lado, respecto al abono a un grupo de cinco personas de la plantilla municipal de un complemento de destino superior al estipulado para el nivel correspondiente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2018, un informe del jefe de la unidad administrativa de Recursos Humanos de junio de 2022, señala que tal incidencia se debió a la aplicación de las disposiciones contenidas en la Resolución de 25 de mayo de 2010 de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, de los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en los términos de la Disposición Final Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Como se ha indicado con anterioridad, el Ayuntamiento de Puerto Real ha solicitado el archivo de las actuaciones iniciadas.