ELECCIONES GENERALES

¿Vale el DNI caducado para tramitar el voto por correo en las elecciones del 29N?

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Madrid |

Una persona con un ticket de voto por correo en la oficina de Correos. | Jesús Hellín / Europa Press

El próximo domingo 29 de noviembre, millones de españoles están llamados a las urnas para decidir el futuro parlamentario de nuestro país. Para ejercer su derecho, muchos ciudadanos optarán por el voto por correo, una modalidad cada vez más extendida y que ya se puede solicitar para la cita del 29N.

Hasta el 19 de noviembre, inclusive este día, aquellos electores que voten por correo pueden solicitar el Certificado de inscripción en el Censo Electoral, un documento obligatorio para votar por correo. Éste se puede pedir presencialmente en cualquier oficina de Correos o a través de su web, con la acreditación digital correspondiente (DNI electrónico, certificado digital, etc.).

Documentación necesaria para el voto por correo: ¿vale con el DNI caducado?

Al igual que para ejercer el derecho al voto de manera presencial en una mesa electoral, los ciudadanos pueden acudir con cualquiera de estos documentos identificativos:

  • DNI.
  • Pasaporte.
  • Carné de conducir con fotografía.
  • Tarjeta de residencia.

Según la normativa, sí se puede votar con el DNI caducado. Lo importante es acudir a la mesa o tramitar el voto por correo con el documento original, puesto que las fotocopias no serán válidas para el proceso.

Las fechas clave para el voto por correo: cuándo llega la documentación y finaliza el plazo

Al pedir el Certificado obligatoria para realizar el voto por correo, hay que rellenar una dirección en la que el elector desea que le sea entregada la documentación. No es necesario que sea la misma dirección en la que reside o la que aparece en el censo, sino un lugar donde la persona vaya a estar disponible para recibir dichos documentos.

Correos comienza a entregar la documentación del voto por correo a partir del 9 de noviembre después entregar todas las solicitudes a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral correspondientes.

Una vez recibida la documentación en la dirección indicada en la solicitud, los electores tendrán de plazo hasta el próximo 25 de noviembre para depositar su voto por correo. Cuatro días antes de la jornada electoral del 29N.