ELECCIONES 23J

Las prestaciones de la Seguridad Social a las que tienes derecho si eres mesa electoral

Miriam Méndez

Madrid |

Finalizan los sorteos para conformar las mesas electorales del 23 de julio | EFE/ Biel Aliño

Uno de los roles fundamentales de las elecciones generales, que tendrán lugar el 23 de julio, lo desempeñan los integrantes de las mesas electorales. Se trata de ciudadanos que, por sorteo, tienen la responsabilidad de garantizar que la votación se desarrolle de forma transparente y justa.

Sin embargo, en este papel clave también existen riesgos y obligaciones que deben ser compensados. En este contexto entra en juego el sistema de Seguridad Social de España, que provee un manto protector a estos ciudadanos temporariamente convocados para el servicio público.

Accidente de trabajo

Todos los componentes de una mesa electoral, presidentes, vocales y suplentes, están protegidos por la Seguridad Social ante cualquier accidente que puedan sufrir durante su participación en las elecciones, independientemente de que sean trabajadores, pensionistas o desempleados.

Prestaciones a las que tienen derecho los miembros de una mesa electoral

Las prestaciones de la Seguridad Social a las que tienen derecho los miembros de una mesa electoral son las siguientes:

  • Asistencia sanitaria: garantiza el acceso a servicios de salud en caso de enfermedad o accidente durante el desarrollo de sus funciones.
  • Prestaciones complementarias: pueden incluir rehabilitación, terapia física y otros servicios que ayuden a recuperar la salud y la capacidad funcional, en caso de sufrir algún tipo de lesión o enfermedad.
  • Prestaciones económicas en las situaciones de incapacidad temporal, invalidez, muerte y supervivencia.
  • Servicios sociales: diseñados para apoyar a las personas en su bienestar general, proporcionando asesoramiento y recursos en una variedad de áreas.

¿Cómo se solicitan las prestaciones?

Con el objetivo de garantizar la seguridad y el bienestar de los ciudadanos seleccionados para formar parte de las mesas electorales, el sistema de la Seguridad Social en España ha desarrollado un protocolo, en caso de que sea necesario activar alguna de las prestaciones que ofrece.

Si surge una situación en la que se requiere asistencia de la Seguridad Social, el primer paso es informar a la Delegación o Subdelegación de Gobierno que corresponda a la jurisdicción de la mesa electoral. Esta entidad, en colaboración con la Dirección General de Política Interior, será la responsable de coordinar con el Instituto Nacional de la Seguridad Social para poner en marcha las prestaciones necesarias.

Tomemos, por ejemplo, un escenario en el que se requiera atención médica. En tal caso, la persona afectada, sus familiares o los demás integrantes de la mesa electoral deben comunicarse con prontitud con la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente, aportando la siguiente información:

  • Información personal del individuo afectado.
  • Detalles sobre la mesa electoral en la que la persona servía.
  • Descripción del accidente y lugar donde ocurrió.
  • Información sobre el centro de atención médica donde fue asistido.

No estoy dado de alta como trabajador por cuenta ajena: cotización

En caso de que los miembros de una mesa no se encuentren dados de alta como empleados por cuenta ajena, la cotización estará a cargo del Ministerio del Interior en las Elecciones a Cortes Generales, Municipales y al Parlamento Europeo, y de los correspondientes órganos autonómicos.