ELECCIONES 23J

Las prestaciones de la Seguridad Social a las que tienes derecho si eres mesa electoral

Miriam M茅ndez

Madrid | 20.07.2023 09:37

Finalizan los sorteos para conformar las mesas electorales del 23 de julio | EFE/ Biel Ali帽o

Uno de los roles fundamentales de las elecciones generales, que tendr谩n lugar el 23 de julio, lo desempe帽an los integrantes de las mesas electorales. Se trata de ciudadanos que, por sorteo, tienen la responsabilidad de garantizar que la votaci贸n se desarrolle de forma transparente y justa.

Sin embargo, en este papel clave tambi茅n existen riesgos y obligaciones que deben ser compensados. En este contexto entra en juego el sistema de Seguridad Social de Espa帽a, que provee un manto protector a estos ciudadanos temporariamente convocados para el servicio p煤blico.

Accidente de trabajo

Todos los componentes de una mesa electoral, presidentes, vocales y suplentes, est谩n protegidos por la Seguridad Social ante cualquier accidente que puedan sufrir durante su participaci贸n en las elecciones, independientemente de que sean trabajadores, pensionistas o desempleados.

Prestaciones a las que tienen derecho los miembros de una mesa electoral

Las prestaciones de la Seguridad Social a las que tienen derecho los miembros de una mesa electoral son las siguientes:

  • Asistencia sanitaria: garantiza el acceso a servicios de salud en caso de enfermedad o accidente durante el desarrollo de sus funciones.
  • Prestaciones complementarias: pueden incluir rehabilitaci贸n, terapia f铆sica y otros servicios que ayuden a recuperar la salud y la capacidad funcional, en caso de sufrir alg煤n tipo de lesi贸n o enfermedad.
  • Prestaciones econ贸micas en las situaciones de incapacidad temporal, invalidez, muerte y supervivencia.
  • Servicios sociales: dise帽ados para apoyar a las personas en su bienestar general, proporcionando asesoramiento y recursos en una variedad de 谩reas.

驴C贸mo se solicitan las prestaciones?

Con el objetivo de garantizar la seguridad y el bienestar de los ciudadanos seleccionados para formar parte de las mesas electorales, el sistema de la Seguridad Social en Espa帽a ha desarrollado un protocolo, en caso de que sea necesario activar alguna de las prestaciones que ofrece.

Si surge una situaci贸n en la que se requiere asistencia de la Seguridad Social, el primer paso es informar a la Delegaci贸n o Subdelegaci贸n de Gobierno que corresponda a la jurisdicci贸n de la mesa electoral. Esta entidad, en colaboraci贸n con la Direcci贸n General de Pol铆tica Interior, ser谩 la responsable de coordinar con el Instituto Nacional de la Seguridad Social para poner en marcha las prestaciones necesarias.

Tomemos, por ejemplo, un escenario en el que se requiera atenci贸n m茅dica. En tal caso, la persona afectada, sus familiares o los dem谩s integrantes de la mesa electoral deben comunicarse con prontitud con la Delegaci贸n o Subdelegaci贸n del Gobierno correspondiente, aportando la siguiente informaci贸n:

  • Informaci贸n personal del individuo afectado.
  • Detalles sobre la mesa electoral en la que la persona serv铆a.
  • Descripci贸n del accidente y lugar donde ocurri贸.
  • Informaci贸n sobre el centro de atenci贸n m茅dica donde fue asistido.

No estoy dado de alta como trabajador por cuenta ajena: cotizaci贸n

En caso de que los miembros de una mesa no se encuentren dados de alta como empleados por cuenta ajena, la cotizaci贸n estar谩 a cargo del Ministerio del Interior en las Elecciones a Cortes Generales, Municipales y al Parlamento Europeo, y de los correspondientes 贸rganos auton贸micos.