ELECCIONES GENERALES

Guía del voto por correo para las elecciones del 29N: cómo votar, hasta cuándo se puede solicitar, cuánto tarda en llegar...

Antonio J. Mora

Madrid |

Imagen de archivo de las papeletas y sobres preparados en un colegio en las últimas elecciones generales. | EFE/ David Arjona

El anuncio de Pedro Sánchez sobre la convocatoria de elecciones para el próximo 29 de noviembre ha acelerado el calendario electoral. Una vez fijada la fecha de los nuevos comicios y al tratarse de poco más de un mes de antelación, desde el pasado 6 de octubre ya se puede solicitar el voto por correo.

Así lo informó Correos a través de una nota de prensa en la que señalaba las fechas clave y el funcionamiento de un proceso habitual en cada cita electoral. Un voto por correo que ya se ha convertido en objeto de debate por las palabras de Ayuso, Feijóo o Vox contra este procedimiento.

Por ejemplo, la presidenta de Madrid pedía que nadie votase por correo, mientras que el portavoz del PP, Borja Sémper, señalaba en Más de uno que el sistema es "garantista", pese a que entendía el recelo de la líder regional.

Cómo pedir el voto por correo

Cabe recordar que las personas que opten por votar por correo tienen hasta el día 19 de noviembre para pedir el Certificado de Inscripción en el Censo Electoral correspondiente. Este certificado es requisito obligatorio para poder emitir el voto por correo y se puede solicitar en la web de Correos o presencialmente en cualquier oficina.

Una vez se tenga posesión del certificado, los electores pueden solicitar su voto a través de la página web de Correos para evitar desplazarse hasta una oficina. En esta modalidad, es necesario acreditar la identidad mediante firma electrónica o alguno de los sistemas válidos (certificado digital, DNI electrónico, etc.).

Por otro lado, también se puede pedir el voto por correo presencialmente en todas las oficinas de Correos de nuestro país. Tiene que realizarse por la persona interesada, salvo enfermedad o causa justificada, y se debe presentar el DNI, Pasaporte o carné de conducir originales.

Correos ofrece la opción de cita previa, que se puede pedir en sus oficinas, web y app, para selección así la delegación disponible y elegir hora y día que más convenga.

Cuánto tarda en llegar

Cuando el elector solicita el voto por correo, Correos debe entregar las peticiones en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral que corresponda. Estas serán las encargadas de remitir a los solicitantes la documentación necesaria para que puedan ejercer su voto por correo a partir del 9 de noviembre.

Así, a partir del día 9, los electores irán recibiendo la documentación en la dirección que hayan indicado previamente en la solicitud y que no tiene por qué ser la misma que su domicilio habitual.

Hasta cuándo se puede solicitar el voto por correo

Como se ha señalado anteriormente, hay de plazo hasta el próximo día 19 de noviembre para pedir el certificado de censo correspondiente que es necesario para votar por correo. Una vez que se tenga la documentación correspondiente, el plazo para depositar el voto por correo finaliza el próximo 25 de noviembre.