Cómo pedir el voto por correo de las elecciones autónomicas y municipales de mayo
El plazo para solicitar el voto por correo de cara a las elecciones autonómicas y municipales de mayo ya está abierto. Consulta cómo pedirlo y hasta que día puedes solicitarlo.
👉 Los plazos para votar por correo en las elecciones autonómicas y municipales de mayo
El próximo 28 de mayo se celebrarán las elecciones autonómicas en Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Illes Balears, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra y en Ceuta y Melilla, además tendrán lugar elecciones municipales en toda España.
¿Qué ciudadanos pueden participar en las elecciones?
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación recoge que podrán participar en las elecciones las personas con nacionalidad española que consten de alta como residentes en la demarcación consular y figuren inscritas a efectos electorales en alguna de las mismas.
Asimismo, también podrán participar las personas con nacionalidad española que se encuentren temporalmente en el extranjero, si figuran inscritas a efectos electorales en alguna de las mismas, además de las personas que se encuentren temporalmente en el extranjero con independencia del municipio en el que se encuentren empadronadas.
¿Cómo pedir el voto por correo?
Si estás de viaje mientras se celebran las elecciones autonómicas y municipales o, por el contrario eres estudiante o trabajador que reside fuera del lugar en el que está empadronado, no te preocupes, ya que puedes pedir el voto por correo para ejercer tu derecho.
Puedespresentar vía web la solicitud del voto por correo, sin necesidad de acudir presencialmente a una oficina de Correos.
¿Quién puede utilizar la aplicación para la presentación de la solicitud de voto por correo?
- Los electores residentes en España. Una vez presentada la solicitud vía web, si es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, no podrá votar en la mesa electoral en el día de la votación.
- Los electores residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España, con el derecho de voto en las elecciones convocadas.
No podrá ser solicitada por los electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero, ni por los electores residentes en el extranjero que lo soliciten desde su país de su residencia.
Así se pide el voto por correo
En primer lugar, debes tener un certificado DNI electrónico o un certificado digital válido.
- Debes completar los datos requeridos
- Firmar electrónicamente
- Descargar la solicitud
Para que se remita a la dirección que has indicado en tu solicitud la documentación para realizar el voto, la solicitud debe ser aprobada por la Oficina del Censo Electoral.
Hasta cuándo se puede pedir
Se puede solicitar desde el 4 de abril hasta el 18 de mayo ambos incluidos. Una vez te hayan mandado los documentos y lo haya rellenado, deberás personarte en una Oficina de Correos para entregar tu voto. El ciudadano tiene de plazo para depositar el sobre con su voto hasta el 24 de mayo de 2023, en los horarios habituales de las oficinas de correos.
También se puede solicitar personalmente
Si por el contrario, prefieres acudir personalmente para tramitar tu solicitud de voto por correo, puedes hacerlo.
La solicitud puede hacerse en todas las Oficinas de Correos de España, esta petición deberá ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad que, deberá estar acreditada certificación médica oficial.
Los interesados deben acreditarse con el DNI o en su defecto pasaporte, carnet de conducir original. Podrás pedir cita previa para evitar aglomeraciones a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual.
Por su parte, Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral y enviarán a los solicitantes, a partir del 8 de mayo, la documentación necesaria para que puedan rellenar los documentos y votar. El plazo para dejar el voto finalizará el 24 de mayo de 2023.