Las castellanoleonesas y castellanoleoneses se preparan para ir este domingo, día 15, a las urnas y votar al nuevo presidente autonómico. Pero para poder ejercer su voto, no solo necesitan estar registrado en la lista del censo, sino también presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI). Aun así, ¿qué pasa si está caducado? ¿Hay otros documentos que pueden servirme para acreditar mi identidad y poder ejercer mi voto? ¿Sirven los documentos electrónicos de DNI o carnet de conducir? Resolvemos todas estas dudas para que puedas ir a votar seguro.
Si llegas al colegio electoral y te das cuenta de que tienes el Documento Nacional de Identidad (DNI) caducado, podrás ejercer tu derecho al sufragio igualmente. Eso sí, siempre y cuando presentes el original y no una fotocopia. En muchas ocasiones personas mayores llevan encima una copia del DNI, en vez del original. Por lo que es importante que sus amigos y familiares les recuerden que deben ir a votar con el DNI original.
Según declaró la Junta Electoral Central en su acuerdo del 16 de febrero 2023, “la presentación del carné de conducir a través de la aplicación miDGT, de la Dirección General de Tráfico, es un medio de acreditación de la identidad del votante válido para los miembros de las mesas electorales, al tratarse de un documento oficial que incluye la fotografía del votante, conforme establece el artículo 85.1 LOREG". De esta manera, la versión digital del carné de conducir disponible en la aplicación miDGT será un método legal para identificarse en las votaciones.
Además, el carnet de conducir físico y el pasaporte también son alternativas válidas para que el Presidente de la mesa electoral se asegure de quién eres y te permita ejercer el voto. Al igual que con el DNI, aunque estén caducados se pueden presentar mientras sean documentos auténticos.
Según establece el artículo 81 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, en el caso de que los componentes de la mesa electoral tengan dudas acerca de la identidad del votante, aun a pesar de la exhibición de los documentos identificativos, tienen que decidir entre ellos por mayoría si se acepta o no el voto del elector. Se puede llamar al presidente de la Junta Electoral de Zona para consultar cómo actuar, y se puede pedir al votante que aporte otro documento de identidad oficial o que vuelva en otro momento.
Votar bajo identidad falsa o suplantando a otra persona es un delito penal. Por lo que los miembros de la mesa actúan como garantes de la legalidad: si permiten votar a alguien cuya identidad no está confirmada, podrían incurrir en responsabilidades legales.