Elecciones Castilla y León

Cuándo puedo saber si me ha tocado ser mesa electoral en Castilla y León

En España, no basta con avisar verbalmente si no puedes ser mesa electoral, debes presentar una excusa formal y justificada siguiendo el procedimiento que marca la ley.

Cómo votar por correo en las elecciones de Castilla y León: fechas límite y pasos

Alicia Bernal

Madrid |

Integrantes de una mesa electoral del Instituto Ortega y Gasset, en Madrid, durante el recuento de votos de la jornada de elecciones generales celebradas hoy domingo en España. | Agencia EFE

De los más de dos millones de personas que están llamadas a las urnas en Castilla y León, 1.917.546 residen actualmente en la comunidad castellanoleonesa y son susceptibles de formar parte de alguna de las mesas electorales para las próximas elecciones del 15 de marzo.

Entre el 14 y el 18 de febrero se celebrarán los sorteos para la designación de miembros de mesa electoral y tres días después del sorteo se notificará a los diferentes miembros su elección. Esto incluye también a los miembros suplentes.

En el caso de que no puedas acudir a la mesa electoral, tienes siete días desde la celebración del sorteo para presentar alegaciones ante las juntas electorales de la zona, para informar sobre las causas que te impiden ser miembro de mesa electoral.

Recuerda que en España, no basta con avisar verbalmente; debes presentar una excusa formal y justificada siguiendo el procedimiento que marca la ley.

Los pasos que debes seguir para no ser mesa electoral son:

  • Revisa la notificación: cuando recibes la carta de designación, tienes 7 días naturales desde su entrega para presentar alegaciones.
  • Presenta una excusa por escrito: debes dirigirla a la Junta Electoral de Zona que figura en la notificación. Puedes hacerlo:
      - Presencialmente (registro oficial, ayuntamiento o juzgado).
      - Por correo administrativo.
      - En muchas zonas, telemáticamente (con certificado digital o Cl@ve).
  • Aporta documentación justificativa: la excusa debe estar respaldada con pruebas. Ten en cuenta los motivos válidos que hemos repasado anteriormente.
  • Espera la resolución: la Junta Electoral evaluará tu caso y te comunicará si acepta o rechaza la excusa. Ten en cuenta que, hasta que no recibas una respuesta, sigues obligado a acudir si no hay resolución favorable.

Los motivos más comunes que suelen alegarse son:

  • Problemas de salud (informe médico).
  • Embarazo avanzado o parto reciente.
  • Cuidado de menores, personas dependientes o familiares enfermos.
  • Trabajo imprescindible (sanidad, seguridad, servicios esenciales).
  • Viaje previamente contratado y no reembolsable.
  • Ser mayor de 65 años (puedes renunciar voluntariamente).
  • Situaciones personales graves o acreditables.

¿Quién puede ser designado para estar en una mesa electoral?

Algunos requisitos que deben cumplir los posibles candidatos:

  • Tener entre 18 y 70 años (aunque a partir de los 65 años podrá manifestar su renuncia en un plazo de siete días).
  • Saber leer y escribir.
  • Disponer del título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo grado, o secundariamente el Graduado Escolar o equivalente, para poder ser candidato a presidente de mesa.

Los protocolos y funciones del presidente de la mesa y los vocales

El 15 de marzo todos los miembros de las mesas (incluidos los suplentes) deberán acudir a los colegios electorales a las 08:00 horas de la mañana, es decir, una hora antes de que comience la jornada electoral. Tras comprobar que esté todo el material necesario para votar, el presidente, que es la máxima autoridad, debe rellenar el acta de constitución de la mesa, que también será firmada por los otros vocales e interventores.

El comienzo de los comicios se anuncia cuando el presidente pronuncia las siguientes palabras: “Empieza la votación”.

Y durante toda la jornada, uno de los vocales se deberá encargar a lo largo de la jornada electora de comprobar la identidad de los votantes, mientras que el otro deberá ir marcando en la lista los electores que ya han acudido al colegio. Es el presidente el que le permite al ciudadano introducir su sobre en la urna pronunciando la palabra “vota”.

En el Manual de instrucciones elaborado por la Consejería de Presidencia y supervisado por la Junta Electoral Central se explican las funciones específicas que tiene cada miembro de la mesa y cómo se debe actuar en cada puesto.