Qué sanción puede recibir Owono tras el choque que provocó la muerte de Jesús de Miguel: esto dice el reglamento
El Comité de Disciplina deberá determinar la sanción deportiva, mientras se investigan las circunstancias del fallecimiento.
La muerte de Jesús de Miguel, futbolista del Tenerife, tras el grave choque sufrido con el portero del Andorra, Jesús Owono, ha conmocionado al fútbol español.
El Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) contempla sanciones que pueden alcanzar los doce partidos de suspensión cuando una acción violenta durante el juego provoca consecuencias lesivas graves, aunque su aplicación dependerá de la valoración que realicen los órganos competentes.
Owono fue expulsado después de impactar con la pierna elevada sobre su adversario durante una disputa del balón. Según el acta arbitral, el guardameta empleó fuerza excesiva en la acción que terminó con el jugador del Tenerife gravemente herido.
Qué dice el artículo 102 del Código Disciplinario
La principal referencia para determinar el posible castigo es el artículo 102 del Código Disciplinario de la RFEF, que regula las acciones violentas durante el juego que ocasionan daños o lesiones graves.
Este precepto establece una suspensión de entre cuatro y doce partidos, siempre que la conducta no constituya una infracción de mayor entidad.
Por tanto, Owono podría enfrentarse a una sanción de hasta doce encuentros si el Comité de Disciplina considera que la acción reúne los requisitos de este artículo.
El límite de doce partidos no es necesariamente absoluto. El propio artículo 102 del Código Disciplinario de la RFEF establece que se aplicará siempre que la conducta no constituya una infracción de mayor entidad.
Por tanto, una calificación disciplinaria más grave podría dar lugar a una sanción superior, aunque para ello sería necesario acreditar circunstancias adicionales. El acta arbitral describe la acción de Owono como un lance en disputa del balón con uso de fuerza excesiva, sin atribuirle una agresión intencionada.
La investigación policial y las posibles consecuencias penales
Al margen del procedimiento disciplinario, la Policía Nacional ha abierto una investigación para esclarecer las circunstancias del fallecimiento.
La investigación examinará lo ocurrido durante la jugada y los elementos médicos necesarios para determinar las causas de la muerte. Su apertura no significa que Owono haya cometido un delito.
El Código Penal contempla el homicidio por imprudencia en su artículo 142, pero su aplicación exigiría acreditar que existió una conducta penalmente imprudente y que esta causó jurídicamente el fallecimiento.
Una expulsión por juego violento no equivale automáticamente a una responsabilidad penal, del mismo modo que las consecuencias mortales de una acción deportiva no permiten presumir que el jugador actuó de forma delictiva.