La Audiencia Nacional rechaza suspender cautelarmente las elecciones de la RFEF
Ángel María Villar tendrá que regular las elecciones de la Federación Española de Fútbol según la orden ministerial, ya que, la Audiencia Nacional ha rechazado la suspensión cautelar que pidió la Federación al no concretar los daños y perjuicios que se crearían de no decretarse esa medida.
La Audiencia Nacional ha rechazado hoy la suspensión cautelar de la orden ministerial que regula las elecciones a la Real Federación Española de Fútbol, tal y como pidió este organismo presidido por Ángel María Villar, al no concretar los daños y perjuicios que se crearían de no decretarse esa medida.
La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional mantiene así en un auto, contra el que cabe recurso, la vigencia de la orden ministerial impugnada, "máxime" cuando la propia RFEF no ha acreditado que su aplicación le sitúe "en una tesitura susceptible de hacer inútil la eventual sentencia estimatoria, ni los daños que de no adoptarse se generarían".
La RFEF recurrió esa orden ministerial al entender que vulnera derechos fundamentales y que se aprueben por la Administración Pública los reglamentos electorales de dichas asociaciones privadas imponiendo determinados criterios, requisitos y formalidades para llevar a cabo los procesos electorales.
Para este organismo ello supone "un atentado directo a la potestad de autoorganización de las entidades privadas, como es la RFEF", ya que la orden llega a regular, no solo la composición de las asambleas generales de las federaciones deportivas, sino también la proporcionalidad en la representación de los estamentos implicados, lo que supone "una injerencia de los poderes públicos".
Según los magistrados, la Federación demandante "se limita a aducir unos daños meramente hipotéticos y eventuales, consistentes en la posibilidad de que la federación pueda ser suspendida o expulsada de competiciones", porque la orden, según la RFEF, "implica una injerencia por parte de los poderes públicos contraria a los estatutos de la FIFA, no resarcible económicamente".
"La generalidad e imprecisión de su planteamiento obliga a desatender" la petición de la suspensión cautelar de la orden, porque para ello los daños irreparables aducidos "han de ser reales y efectivos", destaca el auto.
A juicio del tribunal, la orden del Ministerio de Educación y Deporte recurrida desarrolla "normas que tienen por objetivo reforzar la transparencia de los procesos electorales sin alterar la estructura" de la orden anterior de 2007, que fue respaldada por el Tribunal Supremo "mejorando la gobernanza de las federaciones y ofreciendo al deporte de élite y a los deportistas de alto nivel una representatividad adecuada".
Trata así de "adaptar y actualizar la regulación de los procesos electorales a las reformas legislativas operadas en el ámbito del deporte y, en particular, a la creación del Tribunal Administrativo del Deporte, órgano que ha asumido las funciones que en los anteriores procesos electorales correspondían a la Junta de Garantías Electorales".